REAL DECRETO 1897/1998, de 4 de septiembre, por el que se indulta a don Josu Herrero Arriolabengoa.

Visto el expediente de indulto de don Josu Herrero Arriolabengoa,

con los informes del Ministerio Fiscal y del Tribunal sentenciador, incoado

en virtud de exposición elevada al Gobierno al amparo de lo establecido

en el artículo 4. o , apartado tercero, del Código Penal, por el Juzgado de

lo Penal número 7 de Bilbao que, en sentencia de fecha 4 de julio de 1997,

le condenó, como autor de un delito de negativa a la prestación del servicio

militar, a la pena de dos años, cuatro meses y un día de prisión menor,

con las accesorias de suspensión de todo cargo público y derecho de

sufragio durante el tiempo de la condena, por hechos cometidos en el año 1995;

a propuesta de la Ministra de Justicia y previa deliberación del Consejo

de Ministros en su reunión del día 4 de septiembre de 1998,

Vengo en indultar a don Josu Herrero Arriolabengoa la pena privativa

de libertad pendiente de cumplimiento, dejando subsistentes los demás

pronunciamientos contenidos en la sentencia, a condición de que no vuelva

a cometer delito doloso durante el tiempo de normal cumplimiento de

la condena.

Dado en Madrida4deseptiembre de 1998.

JUAN CARLOS R.

La Ministra de Justicia,

MARGARITA MARISCAL DE GANTE Y MIRÓN

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 239 del Martes 6 de Octubre de 1998. Otras disposiciones, Ministerio De Justicia.

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