RESOLUCIÓN de 3 de julio de 1998, de la Universidad de Cantabria, por la que se ordena la publicación de la modificación de la normativa de permanencia de alumnos en esta Universidad.

El Consejo Social de la Universidad de Cantabria, en sesión plenaria

celebrada el día 22 de junio de 1998, aprobó la incorporación de una

nueva disposición transitoria en la normativa de permanencia de alumnos,

publicada en el "Boletín Oficial del Estado" de 11 de octubre de 1995

y 11 de enero de 1996.

Este Rectorado, en uso de las atribuciones que le confiere el artículo

81 de los Estatutos de la Universidad de Cantabria, ha resuelto ordenar

la publicación de la citada disposición transitoria, cuyo texto es el siguiente:

"Disposición transitoria tercera.-A los alumnos que hubieran iniciado

sus estudios antes del curso académico 1995-1996, se les aplicará el

artículo 2 sin tener en cuenta los años de matrícula realizados con anterioridad

a este curso, pero sí los créditos superados a lo largo de los mismos."

Santander, 3 de julio de 1998.-El Rector, Jaime Vinuesa Tejedor.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 176 del Viernes 24 de Julio de 1998. Otras disposiciones, Universidades.

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