Voglio sapere a riguardo di…
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JUAN CARLOS I
REY DE ESPAÑA
Por cuanto el día 22 de diciembre de 1992, los Plenipotenciarios de España, nombrados en buena y debida forma al efecto, firmaron «ad referendum» en Ginebra, la Constitución y Convenio de la Unión Internacional de Telecomunicaciones, hechos en el mismo lugar y fecha;
Vistos y examinados el Preámbulo, los cincuenta y ocho artículos de la Constitución y su Anexo, así como los cuarenta y dos artículos y el Anexo del Convenio;
Concedida por las Cortes Generales la autorización prevista en el artículo 94.1 de la Constitución;
Vengo en aprobar y ratificar cuanto en los mismos se dispone como en virtud del presente los apruebo y ratifico, prometiendo cumplirlos, observarlos y hacer que se cumplan y observen puntualmente en todas sus partes, a cuyo fin, para su mayor validación y firmeza, mando expedir este Instrumento de Ratificación firmado por Mí, debidamente sellado y refrendado por el infrascrito Ministro de Asuntos Exteriores, con las siguientes declaraciones:
«España declara que sólo ejercerá el derecho que le confiere el artículo 34 del Convenio constitutivo de la Unión Internacional de Telecomunicaciones en la medida en que sea compatible con su constitución.»
«La Delegación de España declara, en nombre de su Gobierno, que no acepta ninguna de las reservas formuladas por otros Gobiernos que impliquen un aumento de sus obligaciones financieras con la Unión Internacional de Telecomunicaciones.»
«La Delegación de España declara, en nombre de su Gobierno, que toda referencia a país en la Constitución y en el Convenio (Ginebra, 1992), en cuanto sujeto de derecho y obligaciones, sólo la entiende en tanto éste constituya un Estado Soberano.»
Dado en Madrid a 28 de marzo de 1996.
JUAN CARLOS R.
El Ministro de Asuntos Exteriores,
CARLOS WESTENDORP Y CABEZA
(CONVENIO OMITIDO)
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 130 del Miércoles 29 de Mayo de 1996. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.