Corrección de erratas de la Ley Orgánica 1/1994, de 24 de marzo, de reforma de los artículos 10, 11, 12, 13 y 18 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Asturias.

Advertidas erratas en la inserción de la Ley Orgánica 1/1994, de 24 de marzo, de reforma de los artículos 10, 11, 12, 13 y 18 de la Ley Orgánica 7/1981, de 30 de diciembre, del Estatuto de Autonomía para Asturias, publicada en el <Boletín Oficial del Estado> número 72, de fecha 25 de marzo de 1994, se procede a efectuar las oportunas rectificaciones:

En la página 9627, segunda columna, artículo 10, donde dice: <Uno. El Principado de Asturias...>, debe decir: <1. El Principado de Asturias...>.

En la página 9628, primera columna, artículo 10, donde dice: <Dos. En el ejercicio...>, debe decir: <2. En el ejercicio...>.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 90 del Viernes 15 de Abril de 1994. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Materias

  • Asturias
  • Comunidades Autónomas
  • Estatutos de Autonomía

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