Voglio sapere a riguardo di…
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Advertidos errores en el texto de la Orden de 1 de julio de 1993 por la que se regula el procedimiento para la gestión y reconocimiento de las pensiones asistenciales por ancianidad en favor de los emigrantes españoles, establecidas en la disposición adicional primera del Real Decreto 728/1993, de 14 de mayo, publicada en el <Boletín Oficial del Estado> número 162, de fecha 8 de julio de 1993, se transcribe a continuación las oportunas rectificaciones:
En la página 20631, artículo 1., donde dice: <... requisitos para tener derecho a pensión, la forma solicitada y la documentación a acompañar>, debe decir: <... requisitos para tener derecho a la pensión, la forma de solicitarla y la documentación a acompañar>.
En la página 20631, artículo 2., punto 3, apartado b), donde dice: <... excepto en los casos previstos en el apartado 2 del artículo 5. de esta resolución>, debe decir: <... excepto en los casos previstos en el apartado 2 del artículo 5. de esta Orden>.
En la página 20631, artículo 4., punto 1, donde dice: <... reguladas en esta resolución>, debe decir: <... reguladas en esta Orden>.
En la página 20631, artículo 4., punto 2, segundo párrafo, donde dice: <... en el artículo 6. de esta resolución>, debe decir: <... en el artículo 6. de esta Orden>.
En la página 20631, artículo 5., punto 2, donde dice: <... en los artículos 2. y 3. de esta resolución...>, debe decir: <... en los artículos 2. y 3. de esta Orden ...>.
En la página 20631, artículo 7., donde dice: <... los beneficiarios de las pensiones asistenciales por ancianidad reguladas en esta resolución ...>, debe decir: <... los beneficiarios de las pensiones asistenciales por ancianidad reguladas en esta Orden ...>.
En la página 20631, artículo 9., donde dice: <Las pensiones reguladas en esta resolución se devengarán mensualmente>, debe decir: <Las pensiones reguladas en esta Orden se devengarán mensualmente>.
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 180 del Jueves 29 de Julio de 1993. Disposiciones generales, Ministerio De Trabajo Y Seguridad Social.