Orden de 5 de mayo de 1993 por la que se prorrogan, para el período 1993/1994, las cantidades de referencia individuales de leche de vaca asignadas al amparo de la Orden del Ministerio de Agricultura, Pesca y Alimentación de 4 de diciembre de 1992.

En la Orden de 4 de diciembre de 1992 por la que se regulan determinados aspectos relacionados con la asignación de cantidades de referencia individuales en el caso de entrega a compradores para la aplicación del régimen de tasa suplmentaria en el sector de la leche y de los productos lácteos, se establece como anexo el modelo de comunicación, por el Director general de Producciones y Mercados Ganaderos, de las cantidades de referencia individual asignadas a cada productor para el período 1992/1993.

Habida cuenta de que para el período 1993/1994 no han cambiado las circunstancias existentes en el momento de la asignación, procede efectuar la prórroga pertinente.

En su virtud, he tenido a bien disponer:

Artículo único.-Las cantidades de referencia individuales asignadas y comunicadas a los ganaderos productores, de acuerdo con lo establecido en la Orden de 4 de diciembre de 1992, quedan prorrogadas para el período 1993/1994, sin perjuicio de lo dispuesto en el artículo 4. de la citada Orden.

DISPOSICION FINAL

La presente Orden entrará en vigor el día siguiente al de su publicación en el <Boletín Oficial del Estado>.

Madrid, 5 de mayo de 1993.

SOLBES MIRA

Ilmos. Sres. Secretario general de Producciones y Mercados Agrarios, Director general de Producciones y Mercados Ganaderos y Director general del SENPA.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 113 del Miércoles 12 de Mayo de 1993. Disposiciones generales, Ministerio De Agricultura, Pesca Y Alimentación.

Notas

  • Entrada en vigor 13 de mayo de 1993.

Materias

  • Ganadería
  • Leche
  • Productos lácteos

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