Corrección de erratas de la Orden de 29 de junio de 1990 sobre canje extraordinario de pólizas de operaciones de Bolsa.

Padecido error en la inserción de la citada Orden, publicada en el «Boletín Oficial del Estado» número 164, de fecha 10 de julio de 1990, a continuación se formula la oportuna rectificación: .

En la página 19693, segunda columna, 10, tercera línea, donde dice:

"los efectos admisibles a canje, a cuyo fin cursará a sus representantes", debe decir: «los efectos admisibles a canje, a cuyo fin cursará a sus representaciones».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 191 del Viernes 10 de Agosto de 1990. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Bolsas de Valores
  • Expendedurías de Tabaco y Efectos Timbrados
  • Fábrica Nacional de Moneda y Timbre
  • Tabacalera, S.A.
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