Orden de 24 de noviembre de 1988 por la que se modifican los anexos I, II y III de la Orden de 8 de febrero de 1988 por la que se establecen los distintivos, carné profesional, placa-emblema y divisas del Cuerpo Nacional de Policía.

La sección primera del capítulo primero de la Orden,de 8 de febrero de 1988 establece la forma, tamaño y restantes características de los carnés de identificación profesional de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, de los altos cargos y del personal que ocupe las plazas de facultativos y técnicos en dicho Cuerpo.

Habiéndose observado que el contenido, diseño y colocación de los «reversos» de los carnés de identificación de los tipos A, A-l, B y C conllevan una gran dificultad para realizar su impresión, que eleva en exceso el coste de la expedición de los mismos, se ha procedido a diseñar unos «reversos» adaptables a las técnicas de impresión y acordes con las finalidades que demanda una idónea identificación profesional y el principio de economía en la gestión administrativa.

En su virtud, este Ministerio ha dispuesto:

Artículo 1.°Comentar este artículo

Se modifican los párrafos que hacen referencia al «reverso» del carné de identificación del tipo A y tipo A-I de los funcionarios del Cuerpo Nacional de Policía, del anexo I, de la Orden de 8 de febrero de 1988, con la siguiente redacción:

TIPO A

«Reverso: Sobre fondo tramado, en el mismo color que el anverso, llevará impresa, en la parte superior, centrada, la leyenda «Dirección General de la Policía» en una línea. Dispondrá, asimismo, de cinco reservas en blanco para rellenar los siguientes datos:

Primer apellido.

Segundo apellido.

Nombre (simple o compuesto).

Número del documento nacional de identidad.

Fecha de expedición.

Inmediatamente debajo se consignará, como interlínea, la leyenda "El Director general".

(Figuras a-2 y a-4.)

Tipo A-l

De la misma descripción y características que el tipo A (anexo I) incorporándole al mismo un barrado de 0,4 centímetros de ancho a color carmesí desde el ángulo inferior izquierdo al superior derecho dejando libre el espacio de la fotografía.

(Figuras a-6 y a-8.)»

Art. 2.°

Se modifican los párrafos que hacen referencia al reverso del carné de altos cargos del tipo B del anexo II, de la referida Orden con la siguiente redacción:

«Reverso: Sobre fondo tramado, en el mismo color que el anverso llevará cinco reservas en blanco para rellenar los siguientes datos:

Primer apellido.

Segundo apellido.

Nombre (simple o compuesto).

Número del documento nacional de identidad.

Fecha de expedición.

La firma del interesado figurará en una reserva en blanco sobre Ia que se consignará la leyenda "El titular".

Inmediatamente debajo figurarán unas instrucciones para mostrar a las autoridades correspondientes.

(Figuras b-2 y b-4.)»

Art. 3.°

Se modifican los párrafos que hacen referencia al «reverso» del carné de identificación para técnicos o facultativos del tipo C de anexo III, de la citada Orden, con la siguiente redacción:

«Reverso: Sobre fondo tramado, en el mismo color que el anverso llevará impresa en la parte superior, centrada la leyenda "Dirección General de la Policía" en una línea. Dispondrá de cinco reservas en blanco para rellenar con los siguientes datos:

Primer apellido.

Segundo apellido.

Nombre (simple o compuesto).

Número del documento nacional de identidad.

Fecha de expedición.

La firma figurará en una reserva en blanco, sobre la que se consignará la leyenda "El titular".

(Figuras c-2 y c-4.)»

Madrid, 24 de noviembre de 1988.

CORCUERA CUESTA

ANEXO I

Carné de Identificación Profesional. Tipo «A»

Carné de Identificación Profesional para Personal del Cuerpo Nacional de Policía Jubilado. Tipo «A-1»

ANEXO II

Carné de Identificación para Altos Cargos. Tipo «B»

ANEXO III

Carné de Identificación Profesional para Técnicos y Facultativos. Tipo «C»

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 285 del Lunes 28 de Noviembre de 1988. Disposiciones generales, Ministerio Del Interior.

Notas

  • Entrada en vigor el 18 de diciembre de 1988.

Materias

  • Cuerpo Nacional de Policía
  • Distintivos
  • Fuerzas y Cuerpos de Seguridad del Estado
  • Ministerio del Interior
  • Tarjeta de Identidad Profesional

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