Real Decreto 1238/1988, de 21 de octubre, sobre determinación de la cuantía de los efectivos del contingente anual a incorporar a la situación de actividad del servicio militar durante el año 1989.

Por aplicación de lo dispuesto en el artículo 14 de la Ley 19/1984, de 8 de junio, del Servicio Militar, y en el artículo 211 del Reglamento de la Ley del Servicio Militar, aprobado por Real Decreto 611/1986, de 21 de marzo («Boletín Oficial del Estado» número 79), a propuesta del Ministro de Defensa y previa deliberación del Consejo de Ministros en su reunión del día 21 de octubre de 1988,

DISPONGO:

Artículo 1.ºComentar este artículo

1. La cuantía de los efectivos a incorporar durante el año 1989 a las Fuerzas Armadas para efectuar el Servicio en filas será de 254.509 mozos.

2. Estos efectivos se cubrirán mediante la incorporación a los ejércitos de 4.290 mozos del Servicio para la formación de cuadros de mando y especialistas de las escalas de complemento y reserva naval (IMEC e IMERENA); de 9.732 voluntarios normales y de 240.487 mozos del servicio obligatorio.

Art. 2.º

El Ministro de Defensa, de acuerdo con lo dispuesto en el artículo 14.2 de la Ley 19/1984, de 8 de junio, y en el artículo 212 de su Reglamento, efectuará la distribución de este contingente anual entre el Ejército de Tierra, la Armada y el Ejército del Aire.

DISPOSICIÓN FINAL

El presente Real Decreto entrara en vigor el día siguiente al de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Dado en Madrid a 21 de octubre de 1988.

JUAN CARLOS R.

El Ministro de Defensa,

NARCIS SERRA I SERRA

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 254 del Sábado 22 de Octubre de 1988. Disposiciones generales, Ministerio De Defensa.

Notas

  • Entrada en vigor 23 de octubere de 1988.

Materias

  • Servicio Militar

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