Corrección de errores del Real Decreto 222/1987, de 20 de febrero, por el que se estructura el Ministerio de Economía y Hacienda.

Advertidos errores en el texto del mencionado Real Decreto, publicado en el «Boletín Oficial del Estado» número 45, de fecha 21 de febrero de 1987, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

Página 5305, pasmen columna, artículo 6.°, apartado d), segunda y tercera líneas, donde dice: «de acuerdo con la coordinación...», debe decir: «de acuerdo y en coordinación...».

Página 5306, primera columna, artículo 10, apartado a), segunda línea, donde dice: «relativo a los tributos y derechos...», debe decir: «relativo a los tributos o derechos...».

Pina 5313, primen columna,articulo 36, apartado e), segunda línea, donde dice: «que se refiere a nómina...», debe decir: «que se refiere a nóminas...».

Página 5313, columna, artículo 38, uno, b), tercera línea, donde dice: «servicios del Ministerio y de aquellos otros que se le encomienden, ...», debe decir: «servicios del Estado cuya consignación presupuestaria le esté atribuida y de aquellos otros que se le encomienden, ...».

Página 5313, segunda columna, artículo 38, uno, b), quinta línea, donde dice: «tramitación y gestión de los expedientes de propuesta de gasto en...», debe decir: «correspondiente tramitación y gestión de los expedientes de propuesta de gasto en...».

Página 5313, segunda columna, artículo 38, uno, d), primera línea, donde dice: «La gestión y tramitación relativas a la adquisición de bienes...», debe decir: «La gestión y tramitación relativas a la adquisición y arrendamiento de bienes...».

Página 5313, segunda columna, artículo 38, uno, d), cuarta y quinta líneas, donde dice: «y la tramitación de los asuntos cuya competencia está atribuida a la Dirección...», debe decir: «y la tramitación de los asuntos cuya competencia esté atribuida a la Dirección...».

Página 5314, primera columna, disposición adicional primera, dos, 1, c), segunda línea, donde dice: «directamente a través...», debe decir: «directamente o a través...».

Página 5315, primera columna, primer párrafo, quinta y sexta líneas, donde dice: «serán regulados por Orden.», debe decir: «serán regulados por Orden ministerial.»

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 96 del Miércoles 22 de Abril de 1987. Disposiciones generales, Ministerio Para Las Administraciones Públicas.

Notas

  • Esta norma se entiende implícitamente derogada por el Real Decreto 1884/1996, de 2 de agosto BOE-A-1996-18074.

Materias

  • Centro de Gestión Catastral y Cooperación Tributaria
  • Centro de Gestión y Cooperación Tributaria
  • Delegaciones de Hacienda
  • Dirección General de Costes de Personal y Pensiones Públicas
  • Dirección General de Gastos de Personal
  • Dirección General de Gestión Tributaria
  • Dirección General de Presupuestos
  • Dirección General de Servicios del Ministerio de Economía y Hacienda
  • Dirección General de Tributos
  • Escuela de Inspección Financiera y Tributaria
  • Ministerio de Economía y Hacienda
  • Secretaría de Estado de Economía
  • Secretaría de Estado de Hacienda

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