Corrección de errores de la Orden de 7 de abril de 1986 sobre establecimiento de una vigilancia intracomunitaria de las importaciones de determinados productos.

Advertidos errores en el texto de la mencionada Orden, inserta en cl «Boletín Oficial del Estado» número 103, de 30 de abril de 1986, se transcriben a continuación las oportunas rectificaciones:

ANEXO

La nota (5) corresponde a la partida arancelaria 39.02.0 VII.b. Donde dice: «31.03.A.1, 31.03.A.H y B», debe decir: «31.03. A.I. II y B».

En la partida arancelaria 42.02, donde dice: «.. Pakistán, Argelia, Taiwan ...», debe decir: «... Pakistán, Argentina, Taiwan ...».

En la nota (9). donde dice: «... con dispositivo totalizadas debe decir: «con dispositivo totalizador ...».

En la nota (l0). donde dice: «... incluidas las de la ley mixta.», debe decir: «... incluidas las de luz mixta».

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 122 del Jueves 22 de Mayo de 1986. Disposiciones generales, Ministerio De Economía Y Hacienda.

Materias

  • Abonos
  • Bienes de equipo
  • Bisutería
  • Importaciones
  • Joyería
  • Juguetes
  • Maquinaria
  • Plásticos
  • Productos químicos
  • Resinas
  • Vehículos de motor

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