Recurso de inconstitucionalidad número 955/1985, planteado por el Presidente del Gobierno contra el artículo 34 de la Ley 17/1985, de 23 de julio, e inciso final del citado precepto, del Parlamento de Cataluña.

El Tribunal Constitucional, por auto,de 10 de abril corriente, ha acordado mantener la suspensión del inciso final del artículo 34, de la Ley 17/1985, de 23 de julio, del Parlamento de Cataluña, reguladora de la Función Pública de la Administración de la Generalidad, impugnados en el recurso de inconstitucionalidad número 955/1985, planteado por el Presidente del Gobierno, cuya. suspensión se dispuso, por aplicación del artículo 161.2 de la Constitución, por providencia de 6 de noviembre de 1985.

Lo que se publica para general conocimiento.

Madrid, 10 de abril de 1986.-El Presidente, Francisco Tomás y Valiente.-Firmado y rubricado.

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 98 del Jueves 24 de Abril de 1986. Disposiciones generales, Tribunal Constitucional.

Materias

  • Cataluña
  • Comunidades Autónomas
  • Tribunal Constitucional

Otras ediciones del BOE

<<<Agosto 2024>>>
DLMMJVS
123
45678910
11121314151617
18192021222324
25262728293031

Ultima edizione del BOE

Ultima edizione del BORME

Ultimos artículos comentados

Ley Orgánica 6/1985, de 1 de julio, del Poder Judi... Artículo 11 Sería bueno que la ley especi...
Ley 34/1998, de 7 de octubre, del sector de hidroc... Artículo 96 es muy interesante conocer la ...