Voglio sapere a riguardo di…
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JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA
A todos los que la presente vieren y entendieren,
Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:
Artículo único.
Los trabajadores de Guinea Ecuatorial que residan y se encuentren legalmente en territorio español se equiparan a los trabajadores españoles en lo que respecta a sus relaciones laborales, cualquiera que sea la forma de su regulación, eximiéndoles del pago de los derechos derivados de su condición. Asimismo, se equiparan, en cuanto a su inclusión en los Regímenes General y Especiales de la Seguridad Social.
DISPOSICIÓN ADICIONAL
Se faculta a los Ministerios de Trabajo y de Sanidad y Seguridad Social para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».
Por tanto,
Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.
Palacio Real, de Madrid, a quince de noviembre de mil novecientos ochenta.
JUAN CARLOS R.
El Presidente del Gobierno,
ADOLFO SUÁREZ GONZÁLEZ
Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 281 del Sábado 22 de Noviembre de 1980. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.