Ley 58/1980, de 15 de noviembre, sobre Régimen Laboral y de la Seguridad Social de los trabajadores de Guinea Ecuatorial residentes en España.

JUAN CARLOS I, REY DE ESPAÑA

A todos los que la presente vieren y entendieren,

Sabed: Que las Cortes Generales han aprobado y Yo vengo en sancionar la siguiente Ley:

Artículo único.

Los trabajadores de Guinea Ecuatorial que residan y se encuentren legalmente en territorio español se equiparan a los trabajadores españoles en lo que respecta a sus relaciones laborales, cualquiera que sea la forma de su regulación, eximiéndoles del pago de los derechos derivados de su condición. Asimismo, se equiparan, en cuanto a su inclusión en los Regímenes General y Especiales de la Seguridad Social.

DISPOSICIÓN ADICIONAL

Se faculta a los Ministerios de Trabajo y de Sanidad y Seguridad Social para dictar las disposiciones que sean necesarias para el desarrollo y ejecución de esta Ley, que entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el «Boletín Oficial del Estado».

Por tanto,

Mando a todos los españoles, particulares y autoridades, que guarden y hagan guardar esta Ley.

Palacio Real, de Madrid, a quince de noviembre de mil novecientos ochenta.

JUAN CARLOS R.

El Presidente del Gobierno,

ADOLFO SUÁREZ GONZÁLEZ

Fuente: Boletin Oficial del Estado (BOE) Nº 281 del Sábado 22 de Noviembre de 1980. Disposiciones generales, Jefatura Del Estado.

Notas

  • Entrada en vigor 23 de noviembre de 1980.

Materias

  • Regímenes especiales de la Seguridad Social
  • República de Guinea Ecuatorial
  • Seguridad Social
  • Trabajadores
  • Trabajo

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