Norma Camara - CUIT 27-10469499-9

Données de base et d'identification

Nom de famille et PrénomCAMARA NORMA
Numéro d'identification possible10.469.499
CUIT/CUIL27-10469499-9
Âge Estimé72 ans
HomonymesLe registre de l'AFIP n'a pas identifié d'autres personnes avec le même nom et prénom.
Personnes avec le même nom de famille933 personnes en Argentine ont le nom de famille Camara

Informations du Journal Officiel de la République Argentine

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 22/03/2024 - Page 16

establecidas por la legislación bajo análisis tampoco lo son; Que en tal sentido corresponde puntualizar que no se requiere un daño concreto a los derechos de los consumidores sino la posibilidad de la existencia de tal daño, pues las normas legales imponen pautas y conductas objetivas que deben ser respetadas, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la norma. (CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 5399/2020 COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR); Que con relación al monto de la multa, se destaca que la misma ha sido impuesta dentro de los parámetros fijados por el Decreto Nº 274/19 atendiendo a las circunstancias del caso y dentro de un marco de razonabilidad, teniendo en cuenta el patrimonio del sancionado y sus... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/04/2023 - Page 39

previstas en la norma (CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVOFEDERAL- SALA III 5399/2020 COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR); Que con relación al monto de la multa, se destaca que la misma ha sido impuesta dentro de los parámetros fijados por el Decreto Nº 274/19, atendiendo a las circunstancias del caso y dentro de un marco de razonabilidad, teniendo en cuenta el patrimonio del sancionado y sus antecedentes. Por otra parte, no se ha demostrado cuál sería el perjuicio irreparable que el monto fijado provocaría en el patrimonio de la infractora; Por todo lo expuesto y conforme con lo dictaminado por la Dirección de Asuntos Jurídicos del Ministerio de Economía y Energía y por Asesoría de Gobierno y lo establecido por el Artículo 45 de la Ley Nº 9003, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA D E C R E T A: Artículo 1° - Acéptese en lo formal y rechácese en lo sustancial, por los argumentos expuestos en los Boletín Oficial - Gobierno de Mendoza - Viernes 14 de Abril de 2023 Ministerio de Gobierno, Trabajo y Justicia Subsecretaria Legal y Técnica ... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Mendoza del 14/04/2023 - Page 34

consumidores, sino la posibilidad de la existencia de tal daño, pues las normas legales imponen pautas y conductas objetivas que deben ser respetadas, bajo apercibimiento de las sanciones previstas en la norma. (CAMARA CONTENCIOSO ADMINISTRATIVO FEDERAL- SALA III 5399/2020 COTO CICSA c/ DNCI s/DEFENSA DEL CONSUMIDOR); Que con relación al monto de la multa, se destaca que la misma ha sido impuesta dentro de los parámetros fijados por el Decreto Nº 274/19, atendiendo a las circunstancias del caso y dentro de un marco de razonabilidad, teniendo en cuenta el patrimonio de la sancionada y sus antecedentes; Que, por otra parte, no se ha demostrado cuál sería el perjuicio irreparable que el monto fijado provocaría en el patrimonio de la... En savoir plus

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