Federico Ottavianelli - CUIT 20-28962582-9

Données de base et d'identification

Nom de famille et PrénomOTTAVIANELLI FEDERICO
Numéro d'identification possible28.962.582
CUIT/CUIL20-28962582-9
Âge Estimé43 ans
HomonymesLe registre de l'AFIP n'a pas identifié d'autres personnes avec le même nom et prénom.
Personnes avec le même nom de famille135 personnes en Argentine ont le nom de famille Ottavianelli

Information de l'AFIP

Activité ou OccupationProducción de filmes y videocintas
Impôt sur le revenuNo Inscripto
IVANo Inscripto
MonotributoBT
Membre d'entreprisesNon
EmployeurNon

Informations du Journal Officiel de la République Argentine

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 18/6/2018 - Page 134

Promoción Cultural; Que la Ley N° 2.264 fue reglamentada por Decreto N° 886-GCBA-07, el cual establece en su artículo 9° que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma y modo que determine la autoridad de aplicación; Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural; Que en los presentes actuados tramita la petición del señor Federico Ottavianelli, C.U.I.T. N° 20-28962582-9, con domicilio constituido en Fitz Roy 1011 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, solicitando que el proyecto N° 7101/RPC/17 titulado "RONDA“ sea incluido en el... En savoir plus

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/6/2018 - Page 204

Nº 5386 - 04/06/2018 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires Página 204 EL MINISTRO DE CULTURA RESUELVE Artículo 1º.- Apruébase el proyecto N° 6468/RPC/17 titulado "TANGO EN EL COLE“, presentado por el señor Federico Ottavianelli, C.U.I.T. N° 20-28962582-9, por resultar el mismo de interés cultural para la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. Artículo 2º.- Establécese que el financiamiento del proyecto aprobado podrá alcanzar la suma máxima de pesos doscientos cincuenta mil ($250.000.-). Artículo 3°.- Establécese que el beneficiario deberá proceder a la apertura de una caja de ahorro especial para proyectos culturales afectada al Régimen Cultural de Mecenazgo en el Banco de la Ciudad de Buenos Aires. Artículo 4º.- Publíquese en el Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires y pase, para su conocimiento, notificación y demás efectos a la Gerencia Operativa Regímenes de Promoción Cultural dependiente de la Dirección General Técnica Administrativa y Legal del Ministerio de Cultura del Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Avogadro BO-2018-5386-DGCCON página 204 de 485 ... En savoir plus

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 4/6/2018 - Page 203

que pueden constituirse en beneficiarios en el marco del Régimen de Promoción Cultural; Que la Ley N° 2.264 fue reglamentada por Decreto N° 886-GCBA-07, el cual establece en su artículo 9° que los/las aspirantes a beneficiarios/as deben presentar sus proyectos culturales conforme lo establezca la normativa complementaria, en la forma y modo que determine la autoridad de aplicación; Que por Resoluciones Nros. 648-MCGC-10 y 1.395-MCGC-10 se dictaron las normas complementarias necesarias para el funcionamiento del Régimen de Promoción Cultural; Que en los presentes actuados tramita la petición del señor Federico Ottavianelli, C.U.I.T. N° 20-28962582-9, con domicilio constituido en Fitz Roy 1011 de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires... En savoir plus

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