Federico Hauck - CUIT 20-04680229-3

Données de base et d'identification

Nom de famille et PrénomHAUCK FEDERICO
Numéro d'identification possible4.680.229
CUIT/CUIL20-04680229-3
HomonymesLe registre de l'AFIP n'a pas identifié d'autres personnes avec le même nom et prénom.
Personnes avec le même nom de famille71 personnes en Argentine ont le nom de famille Hauck

Informations du Journal Officiel de la République Argentine

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/06/1999 - Segunda Sección - Page 43

, secretario. e. 16/6 Nº 281.058 v. 23/6/99 43 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 1º de junio de 1999, en los autos caratulados “HAUCK, FEDERICO s/Quiebra”, se resolvió decretar la quiebra de FEDERICO HAUCK, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 22/06/1999 - Segunda Sección - Page 45

sin necesidad de pago previo y sin perjuicio de asignarse los fondos cuando los hubiere (art. 89 inc. 3 L.C.). Buenos Aires, 2 de junio de 1999. Martín Sarmiento Laspiur, secretario. e. 16/6 Nº 281.058 v. 23/6/99 El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 14, a cargo del Dr. Angel O. Sala, Secretaría Nº 28, a cargo del Dr. Martín Sarmiento Laspiur, sito en Callao 635 piso 2º de esta Capital Federal, comunica por 5 días que con fecha 1º de junio de 1999, en los autos caratulados “HAUCK, FEDERICO s/Quiebra”, se resolvió decretar la quiebra de FEDERICO HAUCK, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán inefica- ... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 18/06/1999 - Segunda Sección - Page 51

FEDERICO HAUCK, haciéndole saber a éste y a los terceros que deberán hacer entrega al síndico de los bienes que posean del fallido. Hágase saber, asimismo, la prohibición de realizar pagos al fallido, los que serán ineficaces. Se intima al deudor para que entregue al síndico dentro de las 24 horas los libros de comercio y demás documentación relacionada con la contabilidad, así como también a que dentro de las 48 horas constituya domicilio procesal en el radio del Tribunal, con apercibimiento de tenerlo constituido en los estrados del Juzgado. Deberá el deudor cumplir con los requisitos a los que se refiere el art. 86 de la ley 24.522 en cuanto a su remisión a los arts. 11 incs. 2, 3, 4 y 5 y en su caso 1, 6 y 7 del mismo texto legal. Fíjase... En savoir plus

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