Fapromed SA - CUIT 30-60595151-8

Données de base et d'identification

Raison SocialeFAPROMED SA
CUIT30-60595151-8

Information de l'AFIP

Activité ou OccupationFabricación de medicamentos de uso humano y productos farmacéuticos
Impôt sur le revenuActivo
IVAActivo
MonotributoNo Inscripto
Membre d'entreprisesNon
EmployeurSi

Informations du Journal Officiel de la République Argentine

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/1/2020 - Page 140

, no existen elementos o argumentaciones esgrimidas por parte de la impugnante, que determinen la adopción de un temperamento distinto y en razón que no se han subsanado las observaciones que ha merecido el presente trámite...". Por ello, y en uso de sus facultades atribuidas por el artículo 11 inciso e) de la Ley Nº 2.624 (texto consolidado Ley N° 6.017), EL DIRECTOR EJECUTIVO DE LA AGENCIA GUBERNAMENTAL DE CONTROL RESUELVE: Artículo 1°.- Desestimase el Recurso Jerárquico en subsidio interpuesto por el Sr. Alejandro Barbarelli en carácter de apoderado de la firma Fapromed SA, contra el acto que dispuso el rechazo de la solicitud de redistribución de usos, sobre el establecimiento sito en la Gral. Manuel Rodríguez N° 2824/28/30/32, de esta... En savoir plus

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 24/1/2020 - Page 139

ampliación de superficie y rubro, iniciado por el Sr. Carlos Fevre en carácter de presidente de la firma Fapromed SA, para el local sito en la calle Gral. Manuel Rodríguez N° 2824/28/30/32 de esta Ciudad, para el desarrollo de los rubros: elaboración de medicamentos y productos farmacéuticos (161003) y elaboración y envasamiento de productos medicinales o farmacéuticos en general (161004); Que en tal sentido, la Dirección General de Habilitaciones y Permisos realizó observaciones al trámite, mediante IF-2018-13265797-DGHP, siendo notificado el administrado mediante cedula; Que por consiguiente, la mencionada Dirección General dictó la Disposición N° 1637GCABA-DGHP/19, desestimando la petición de redistribución de usos, notificando al... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 02/03/2011 - Primera Sección - Page 41

de la actividad. SEGUNDO: Que por ello y teniendo presente que no se arribó a un acuerdo por actividad a la fecha, a nivel de empresa las partes han pactado un pago extraordinario de $ 400,- (pesos cuatrocientos). TERCERO: Las partes acuerdan que el pago aludido de $ 400,- (pesos cuatrocientos) para el personal jornalizado y mensualizado de convenio otorgándole naturaleza no remunerativa. CUARTO: Dicho pago se otorga por única vez hasta la definición de las negociaciones paritarias, y será abonado en el transcurso de mes en curso. QUINTO: Fapromed SA. se compromete a depositar en la cuenta de la Obra Social y del Sindicato el equivalente al 3% y el 2% respectivamente sobre el monto acordado por el mencionado concepto. Resolución Nº 1891... En savoir plus

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