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Boletín Oficial de la República Argentina del 13/09/2016 - Segunda Sección - Page 37

vencida, en los términos del primer párrafo del art. 68 del C.P.C.N. del Código Procesal. Regular los honorarios profesionales del Dr. Daniel Vocos, en el 13% del monto del mandado a pagar, con más el 40% por su doble carácter de actuación (art. 10 de la ley 21.839). No se regulan honorarios a la representación legal de la demandada por ser profesional a sueldo de su mandante y resultar perdidosa en la presente causa. 3) Regular los honorarios para el Sr. Perito Mecánico Ingeniero Luis Enrique Cianciola, en la Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000) y para la Perito Contable, Contadora Antonia del Valle Marsal, la Suma de Pesos Cinco Mil ($  5.000). En relación a los montos mandados pagar corresponde aplicarles la tasa pasiva promedio que publica... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 17/03/2021 - 2º Sección - Page 35

regular los honorarios de los Dres. Carlos Santiago Cabral, Luciano Monferini, Martin Eduardo Capdevila, Miriam Mariela Martínez Widmer, Matías Pascual Varia, María Florencia Ramello, y Andrea Espínola en función de lo dispuesto por el art. 25 a contrario sensu de la ley 8.226.- 4º) Regular en forma definitiva los honorarios de los peritos, psicóloga, Lic. Marisa Cuello, mecánico, Sr. Luis Enrique Cianciola y médica, Dra. Stella Maris Allende Perera en la suma de pesos nueve mil ochocientos cuarenta y tres con cuarenta y ocho centavos ($ 9.843,48) para cada uno.- 5º) Hacer extensiva la condena a la citada en garantía, “Protección Mutual de Seguros de Transporte Público de Pasajeros”, en los términos del art. 118 de la ley 17.418 y en la medida... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/09/2016 - Segunda Sección - Page 26

liquidación correspondiente. 2) Imponer las costas a la demandada en virtud de su condición de vencida, en los términos del primer párrafo del art. 68 del C.P.C.N. del Código Procesal. Regular los honorarios profesionales del Dr. Daniel Vocos, en el 13% del monto del mandado a pagar, con más el 40% por su doble carácter de actuación (art. 10 de la ley 21.839). No se regulan honorarios a la representación legal de la demandada por ser profesional a sueldo de su mandante y resultar perdidosa en la presente causa. 3) Regular los honorarios para el Sr. Perito Mecánico Ingeniero Luis Enrique Cianciola, en la Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000) y para la Perito 26 Contable, Contadora Antonia del Valle Marsal, la Suma de Pesos Cinco Mil ($  5.000... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/09/2016 - Segunda Sección - Page 42

en la presente causa. 3) Regular los honorarios para el Sr. Perito Mecánico Ingeniero Luis Enrique Cianciola, en la Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000) y para la Perito Contable, Contadora Antonia del Valle Marsal, la Suma de Pesos Cinco Mil ($ 5.000). En relación a los montos mandados pagar corresponde aplicarles la tasa pasiva promedio que publica mensualmente el B.C.R.A. desde que quede firme el presente decisorio y hasta su efectivo pago. 4) Fijar la tasa de justicia, en el 3% del capital mas intereses la que deberá ser cumplimentada por la demandada, dentro del plazo de 5 días de notificada. Asimismo corresponde recordar a los letrados intervinientes, el cumplimiento de los aportes previsionales y colegiales; todo de conformidad a la... En savoir plus

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