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Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2007 - Primera Sección - Page 15

669, Expediente Nº 102.150/ 85, caratulado “BASEL COMPAÑIA FINANCIERA S.A. (en liquidación)”, que, mediante Resolución Nº 348 del 22/11/06, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer a cada al señor Andrés Amadeo AMIL (L.E. Nº 1.732.684), multa de $ 26.000 (pesos veintiséis mil) en los términos del art. 41, inc. 3, de la ley Nº 21.526. El importe de la multas deberá ser depositado en este Banco Central en “CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS-MULTAS-LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS-ARTICULO 41”, dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación “A” 4006 del 26... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/02/2007 - Primera Sección - Page 41

Cambiarias resolvió imponer a cada al señor Andrés Amadeo AMIL (L.E. Nº 1.732.684), multa de $ 26.000 (pesos veintiséis mil) en los términos del art. 41, inc. 3, de la ley Nº 21.526. El importe de la multas deberá ser depositado en este Banco Central en “CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS-MULTAS-LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS-ARTICULO 41”, dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación “A” 4006 del 26 de agosto de 2003 —B.O. del 03.09.03— podrá optar por el régimen de facilidades para el pago de las multas; toda presentación al respecto deberá dirigirse a la Gerencia Principal de... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 13/02/2007 - Primera Sección - Page 20

liquidación)”, que, mediante Resolución Nº 348 del 22/11/06, el Superintendente de Entidades Financieras y Cambiarias resolvió imponer a cada al señor Andrés Amadeo AMIL (L.E. Nº 1.732.684), multa de $ 26.000 (pesos veintiséis mil) en los términos del art. 41, inc. 3, de la ley Nº 21.526. El importe de la multas deberá ser depositado en este Banco Central en “CUENTAS TRANSITORIAS PASIVAS-MULTAS-LEY DE ENTIDADES FINANCIERAS-ARTICULO 41”, dentro de los 5 (cinco) días contados a partir de la última publicación del presente, bajo apercibimiento de perseguirse su cobro por la vía de la ejecución fiscal. De conformidad con la Sección 3 de la Comunicación “A” 4006 del 26 de agosto de 2003 —B.O. del 03.09.03— podrá optar por el régimen de facilidades... En savoir plus

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