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Boletín Oficial de la Pcia. de Córdoba del 20/11/2018 - 3º Sección - Page 3

el Arrendatario abonará el impuesto Inmobiliario Rural correspondiente a las fracciones arrendadas y el Impuesto de Sellos que surge del presente contrato y ambos conceptos serán tomados como pago a cuenta del arrendamiento que surge del presente. Estos pagos luego serán facturados por el arrendador como parte integrante del arrendamiento percibido. Ademas se considero el trabajo personal dedicado al desarrollo de la actividad normal de los socios presentes. Sin otro asunto que considerar y siendo la hora once se da por finalizada la reunión. Firmado: Alicia Pinotti - gerente -, Ana Pinotti y Daniel Pinotti. 1 día - Nº 183395 - $ 1510 - 20/11/2018 - BOE AGRUPACIÓN TRADICIONALISTA GAUCHA 20 DE JUNIO y firmen el acta de la Asamblea. 2º... En savoir plus

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