Environ 3 résultats en 0.03 secondes. Page 1 of 1 - Où est-ce que nous avons recherché?

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 05/01/2012 - Page 29

con el padre de su hijo Adrián Andrés Calfupán (ddo. en Calle 19 e/10 y 4 del barrio Mi Bandera) por el que el nombrado se comprometía a realizar un aporte de $ 200 mensuales en concepto de cuota alimentaría. Que en esa oportunidad también se fijó un régimen de visitas en favor del nombrado. Que ningún punto de ese acuerdo fue cumplido por Calfupán, que la cuota alimentaría la pagó dos o tres veces, luego del acuerdo y nunca más volvió a aportar un peso para su hijo, como tampoco cumplió el régimen de visitas. Que Calfupán es jornalero. Trabaja como ayudante de albañil.Que oportunamente se dio intervención a la Oficina de Atención a la Víctima quien trabajó con ambas partes a fin de lograr un acuerdo conciliatorio entre ambos, el que fue... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 12/01/2012 - Page 10

:.... Y considerando: Que se inicia la presente causa con denuncia de Susana Ester Gajardo Zurita quien da cuenta que es madre de Maicol Miguel Andrés Calfupán Gajardo de 3 años y medio de edad. Que en el 17 de abril del 2008 firmó un acuerdo con el padre de su hijo Adrián Andrés Calfupán (ddo. en Calle 19 e/10 y 4 del barrio Mi Bandera) por el que el nombrado se comprometía a realizar un aporte de $ 200 mensuales en concepto de cuota alimentaría. Que en esa oportunidad también se fijó un régimen de visitas en favor del nombrado. Que ningún punto de ese acuerdo fue cumplido por Calfupán, que la cuota alimentaría la pagó dos o tres veces, luego del acuerdo y nunca más volvió a aportar un peso para su hijo, como tampoco cumplió el régimen de... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 09/01/2012 - Page 5

resolución que en su parte pertinente dice: Viedma, 19 de octubre de 2011.- Visto:.... Y considerando: Que se inicia la presente causa con denuncia de Susana Ester Gajardo Zurita quien da cuenta que es madre de Maicol Miguel Andrés Calfupán Gajardo de 3 años y medio de edad. Que en el 17 de abril del 2008 firmó un acuerdo con el padre de su hijo Adrián Andrés Calfupán (ddo. en Calle 19 e/10 y 4 del barrio Mi Bandera) por el que el nombrado se comprometía a realizar un aporte de $ 200 mensuales en concepto de cuota alimentaría. Que en esa oportunidad también se fijó un régimen de visitas en favor del nombrado. Que ningún punto de ese acuerdo fue cumplido por Calfupán, que la cuota alimentaría la pagó dos o tres veces, luego del acuerdo y nunca más... En savoir plus

  • 1