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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/1/2013 (Anexo) - Page 48

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Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 10/2/2011 (Anexo) - Page 81

Sarsfield" apoyo administrativo 77/SSASS/2010 23 de julio de 2010 DNI 01/07/2010 31/12/2010 $ 2.000,00 $ 12.000,00 Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental apoyo administrativo Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental apoyo administrativo Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental asesoramiento profesional Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental apoyo administrativo Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental apoyo administrativo Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental asesoramiento profesional Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental apoyo administrativo Ministerio de Salud Coordinación Salud Ambiental asesoramiento profesional $ 15.000,00 Ministerio de... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Tucumán del 19/10/2006 - Page 35

ha sido cometida por segunda vez. d) Cuando se paguen las multas dentro de los diez días de notificada la sanción. En todos los casos supuestos la Dirección General de Salud Ambiental ordenará la clausura del natatorio por un mínimo de un día y un máximo que no excederá a la temporada en curso.50°- Constada la infracción a la presente reglamentación y labrada el acta respectiva, se notificará al infractor en el acto. El infractor tendrá 48 horas para presentar cualquier aclaración o descargo que crea de su derecho. Vencido dicho término, con prueba producida o no, la Dirección General de Salud Ambiental procederá, mediante Resolución , a aplicar la sanción correspondiente.51°- La Dirección General de Salud Ambiental notificará a la parte... En savoir plus

Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires del 7/5/2003 - Page 11

N° 1685 7/5/2003 Boletín Oficial de la Ciudad de Buenos Aires población según el Inc. c)"; Que prevé también la articulación y complementación con el área metropolitana y la concertación de políticas sanitarias con los gobiernos nacional, provinciales y municipales (Inc. j); Que la Secretaría de Salud como Autoridad de Aplicación de esta Ley, garantiza los derechos enunciados previamente en el subsector estatal según el Art. 5°; Que el Art. 12 enumera las funciones de la Autoridad de Aplicación siendo éstas: Inc.n) promover medidas destinadas a la conservación y mejoramiento del medio ambiente; Inc. r) regular y controlar la gestión de sustancias o productos tóxicos o peligrosos para la salud de la población; Inc. s) ejercer el control sanitario de material anatómico y cadáveres de seres humanos y animales; Inc. u) promover e impulsar la participación de la comunidad, articulando políticas sanitarias con distintas jurisdicciones según el Inc. y); Que en el Art. 14 se especifican los objetivos para el subsector estatal, Inc. s) debiendo contribuir a mejorar y preservar las condiciones sanitarias del medio ambiente propendiendo al cambio de hábitos, costumbres y actitudes que afectan a la salud, Inc. t), así como garantizar el desarrollo de la salud laboral; Que finalmente en el Art. 41 sobre Regulación y fiscalización, funciones generales, establece que "la Autoridad de Aplicación ejerce la regulación y fiscalización de lo atinente a tecnología sanitaria y salud ambiental"; Que existen principios internacionales aplicables tal como el de "precaución", por medio del cual cuando cierto riesgo no es suficientemente conocido, debe suponerse que será significativo, guiando el diseño de medidas de seguridad y protección de la salud; el de "obligación de cuidado", por el que cualquier persona que maneje o administre sustancias peligrosas o equipo relacionado es éticamente responsable de aplicar el mayor cuidado, y el de "proximidad", por medio del cual se establece que el tratamiento y disposición de residuos peligrosos debe realizarse en el lugar más cercano posible a su fuente de generación para minimizar los riesgos relativos al transporte y maximizar la supervisión y el control del proceso; Que también existen normas internacionales y locales de adhesión voluntaria que regulan todas las actividades que implican impactos para el medio ambiente, conformando una tendencia a modelos de acreditación, tales como las normas ISO (Series 9000 y 14000), normas IRAM, etc.; Que por todos estos motivos, resulta necesario impulsar la creación de un Programa de Salud Ambiental para los efectores de salud, con competencia en todos los temas referidos a medio ambiente y salud ; Por ello, y en uso de las facultades legales que le son propias; El SECRETARIO DE SALUD RESUELVE: Artículo 1° - Créase el Programa de Salud Ambiental para los efectores de salud, en el ámbito de la Secretaría de Salud del Gobierno de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, cuyo propósito será lograr la disminución de la ocurrencia de enfermedades derivadas de condiciones medioambientales inapropiadas y de la carencia o deficiencia de servicios básicos, mediante acciones de promoción y protección de... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 14/02/2014 - Primera Sección - Page 116

, contra actos emanados del ente, a fin de controlar la legitimidad de los mismos. d) Colaborar con la COORDINACION DE GESTION Y CONTROL JUDICIAL en la promoción y contestación de demandas, ofrecimientos de prueba, apelaciones y demás temas que por su especialidad le sean requeridos. COORDINACION DE NORMATIVA BOLETIN OFICIAL Nº 32.828 116 DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL ARTICULO 75.- El Director General de Salud Ambiental es designado por el CONSEJO DIRECTIVO y ejerce la dirección de los actos vinculados con la gestión del Plan Sanitario de Emergencia de la Cuenca (PSE) así como de otros vinculados con la mejora de la salud de la población de la Cuenca Matanza Riachuelo. ARTICULO 76.- La DIRECCION GENERAL DE SALUD AMBIENTAL (DGSA... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 14/07/2014 - Page 15

Viedma, 14 de Julio de 2014 BOLETIN OFICIAL N° 5267 ANEXO I C: “Planilla G 21 SOLICITUD DE ANALISIS DE LOS LABORATORIOS DE SALUD AMBIENTAL” ———————————————— ANEXO I D: “SOLICITUD DE ANALISIS DE INSCRIPCION A LOS LABORATORIOS DE SALUD AMBIENTAL” 15 ... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 23/02/2012 - Primera Sección - Page 13

. Alvaro Erazo Latorre Comisión Intergubernamental de Salud Ambiental y Salud del Trabajador (CISAT) del MERCOSUR y Países Asociados Punto Focal República Argentina Director Nacional de determinantes de la salud e Investigación Dr. Ernesto de Titto Punto Focal República del Brasil Director del Departamento de la Salud Ambiental y Salud del Trabajador Dr. Guilherme Franco Netto Coordinador de la Coordinación General de Salud del Trabajador Dr. Carlos Augusto Vaz de Souza Punto Focal República del Paraguay Directora de la Dirección General de Salud Ambiental Dra. Aida Galeano Punto Focal República Oriental del Uruguay Directora de la División Salud Ambiental y Ocupacional Dra. Carmen Ciganda Punto Focal República Bolivariana de Venezuela Jefa del... En savoir plus

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2016 - Primera Sección - Page 40

depende de la DIRECCIÓN DE OPERACIONES y tiene la misión de impulsar e instituir un sistema armónico de ordenamiento territorial, mecanismos sustentables relacionados con la mejora de la salud ambiental, sistemas de desconcentración y acercamiento en el territorio de los servicios institucionales de la ACUMAR y la de promover las actividades de información, concientización y educación ambiental en el ámbito de la Cuenca Matanza Riachuelo. ARTÍCULO 68.- La DIRECCIÓN GENERAL DE GESTIÓN POLÍTICA Y SOCIAL tiene las siguientes funciones: a) Entender en la planificación de los aspectos vinculados con el ordenamiento territorial. b) Fomentar la implementación de marcos normativos armónicos entre las distintas jurisdicciones en materia de uso de suelo... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 25/10/2021 - Page 45

25 de octubre de 2021 BOLETIN OFICIAL Nº 6027 45 –—oOo—– Provincia de Río Negro MINISTERIO DE SALUD Resolución Nº 7367 “MS” Viedma, 14 de Octubre de 2021 Visto, el Expediente Nº 64670-S-2011, del Registro del Ministerio de Salud, y; CONSIDERANDO: Que mediante Resolución Nº 2391/20 “MS” y Resolución Nº 4208/20 “MS” que fijan los valores sobre arancelamiento por servicios de Salud Ambiental en Control de Alimentos, Natatorios, Residuos Biopatogénicos y Radiofísica Sanitaria; Que se hace necesario re-adecuar los aranceles conforme a las variaciones de costos cuya justificación obra a fojas 422/423, autorizada al pie por el Ministro de Salud; Que resulta necesario actualizar las determinaciones analíticas y prestaciones que se brindan para... En savoir plus

Boletín Oficial de la Pcia. de Río Negro del día 02/06/2006 - Page 48

48 BOLETIN OFICIAL N° 4416 ANEXO I Resolución N° 4120 “MS” DOCUMENTACIÓN PARA LA INSCRIPCIÓN DE ESTABLECIMIENTOS 1. Nota de solicitud del titular ó apoderado de la firma. (Dirigida al Coordinador de Salud Ambiental). 2. Plano de la planta elaboradora (Aprobado por la Municipalidad local). 3. Formulario de “INSCRIPCIÓN EN EL REGISTRO NACIONAL DE ESTABLECIMIENTO”, por duplicado, debidamente cumplimentado. 4. Croquis y memoria descriptiva de: a) Proceso de elaboración y detalle de equipos (según rubro). b) Sistemas de provisión y tratamiento de agua de consumo. c) Sistemas de tratamiento, evacuación y disposición final de residuos sólidos. 5. Certificado del CoCaPri-DPA sobre sistemas de tratamiento, evaluación y disposición final de... En savoir plus