Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2016 (Sección Tercera)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

4 de mayo de 2016

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IX. Proponer al Presidente la creación de grupos de trabajo necesarios para la consecución de los objetivos del Consejo Estatal.
X. Resguardar la documentación derivada de los actos del Consejo Estatal.
XI. Solicitar información de todas las dependencias participantes, para la elaboración del informe anual del Programa Estatal.
XII. Las demás que le encomiende el Presidente del Consejo Estatal.
Artículo 33. Los Vocales del Consejo Estatal, tendrán las funciones siguientes:
I. Asistir a las sesiones del Consejo Estatal a las que sean convocados, en las cuales tendrán voz y voto.
II. Atenderlos asuntos que el Presidente del Consejo Estatal les encomiende, los que se acuerden y aquellos que deban resolverse por el Consejo Estatal.
III. Contribuir al buen desarrollo de las sesiones del Consejo Estatal, en las cuales propiciarán el debate crítico, reflexivo, serio y responsable.
IV. Las demás que en su caso, determine el Presidente del Consejo Estatal.
Artículo 34. Los integrantes del Consejo Estatal deberán designar a un suplente con nivel jerárquico inmediato inferior, por escrito, el cual contará con las mismas facultades, obligaciones y responsabilidades de éste.
Artículo 35. Toda designación o cambio de suplentes o representantes del Consejo Estatal, deberá darse a conocer al Presidente del Consejo Estatal, de forma previa a la celebración de las sesiones.
CAPÍTULO II
DE LAS SESIONES
Artículo 36. Las sesiones del Consejo Estatal se clasifican en:
I. Ordinarias, según calendario aprobado.
II. Extraordinarias, celebradas previa convocatoria del Presidente, por conducto del Secretario, con por lo menos con veinticuatro horas de anticipación, bajo los siguientes supuestos:
a. Cuando se trate de casos debidamente justificados, que requieran la intervención inaplazable del Consejo Estatal.
b. A petición de cualquiera de sus integrantes.
Artículo 37. Los acuerdos del Consejo Estatal se tomarán por unanimidad y/o mayoría de votos de los integrantes presentes en la sesión y se ejecutarán en términos de las disposiciones legales que les resulten aplicables y los mecanismos de colaboración que se establezcan.
Artículo 38. Las sesiones del Consejo Estatal se desarrollarán en los términos siguientes:
I. El Presidente del Consejo Estatal declarará la apertura de la sesión, solicitando al Secretario del Consejo Estatal verificar la presencia del quórum.
II. El Secretario del Consejo Estatal tomará asistencia y verificará que haya quórum legal para sesionar y dará cuenta al Presidente del Consejo Estatal.
III.

Para que haya quórum legal para sesionar, se requiere de la presencia de tres cuartas partes de los integrantes del Consejo Estatal.

IV. El Secretario del Consejo Estatal dará lectura al orden del día para la aprobación de los miembros del Consejo.
V. Se desahogarán los puntos específicos y asuntos generales.
VI. El Presidente declarará terminada la sesión cuando se haya agotado el orden del día y el Secretario elaborará el acta correspondiente de la sesión, donde se asentará en forma detallada todo lo acontecido, dicha acta será firmada por todos los integrantes en un plazo no mayor a diez días hábiles y será el Secretario del Consejo Estatal el encargado de recabar las firmas.
VII. Los integrantes del Consejo Estatal registrarán puntualmente su asistencia en el inicio de cada sesión.
VIII. Para el mejor desahogo de las sesiones del Consejo Estatal, el Secretario podrá ser asistido por un servidor público para la elaboración de las actas y acuerdos correspondientes.
Artículo 39. Las sesiones del Consejo Estatal solo podrán suspenderse en los casos siguientes:
I. Cuando exista una causa debidamente justificada.
II. Cuando no exista quórum, para su celebración.
III. La derivada de un caso fortuito o de fuerza mayor.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/05/2016 (Sección Tercera)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Tercera)

PaysMexique

Date04/05/2016

Page count8

Edition count3228

Première édition05/01/2000

Dernière édition03/05/2024

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