Periódico Oficial del Estado de México del día 15/03/2019 (Sección Segunda)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

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15 de marzo de 2019

FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA

ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ, DEL ESTADO DE MÉXICO, CON FUNDAMENTO EN LOS ARTÍCULOS 21 Y 116, FRACCIÓN
IX, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA DE LOS ESTADOS UNIDOS MEXICANOS; 81, 83 Y 83 BIS, DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA
DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE MÉXICO; 1, 5, 21 Y 22, FRACCIONES I, III, IV, VIII, XXXI Y XXXIV, DE LA LEY DE LA
FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO, Y
CONSIDERANDO
Que la Fiscalía General de Justicia del Estado de México es un órgano público autónomo, dotado de personalidad jurídica y patrimonio propio, con autonomía presupuestal, técnica y de gestión, con capacidad para decidir sobre el ejercicio de su presupuesto, así como de los órganos que la integran, para el despacho de los asuntos que al Ministerio Público, la Policía de Investigación y a los Servicios Periciales le confieren la Constitución Política de los Estados Unidos Mexicanos, la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México, el Código Nacional de Procedimientos Penales, la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México y demás disposiciones jurídicas aplicables;
Que de conformidad con el artículo 22, fracción XXXIV, de la Ley de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, el Fiscal General tiene como una de sus atribuciones la de expedir acuerdos sobre los asuntos de su competencia;
Que mediante Acuerdos Números 07/2017 y 10/2017, se crearon las Fiscalías Regional de Naucalpan y Especializada en Combate a la Corrupción de la Fiscalía General de Justicia del Estado de México, respectivamente;
Que actualmente la Fiscalía Regional de Naucalpan tiene como domicilio el ubicado en Avenida Benito Juárez, S/N, Colonia Fraccionamiento el Mirador, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México;
Que asimismo, la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción cuenta una Unidad Administrativa ubicada en Avenida del Trabajo S/N, Colonia San Pedro Barrientos, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México;
Que por necesidades del servicio que se presta a la sociedad mexiquense, se hace necesario el cambio de domicilio de la Fiscalía Regional de Naucalpan y la Unidad Administrativa de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, y Que en mérito de lo expuesto, he tenido a bien expedir el siguiente:
ACUERDO NÚMERO 01/2019, POR EL QUE SE DETERMINA Y DA A CONOCER EL CAMBIO DE DOMICILIO DE LA FISCALÍA
REGIONAL DE NAUCALPAN Y LA UNIDAD ADMINISTRATIVA DE LA FISCALÍA ESPECIALIZADA EN COMBATE A LA
CORRUPCIÓN DE LA FISCALÍA GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO.
Objeto PRIMERO.- Se determina y da a conocer el cambio de domicilio de la Fiscalía Regional de Naucalpan y la Unidad Administrativa de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción, ubicados en Avenida Benito Juárez, S/N, Colonia Fraccionamiento el Mirador, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México, y Avenida del Trabajo S/N, Colonia San Pedro Barrientos, Municipio de Tlalnepantla, Estado de México, respectivamente; las cuales se trasladan al inmueble ubicado en Avenida Parque de Chapultepec, número 105, Colonia el Parque, Municipio de Naucalpan de Juárez, Estado de México, C.P. 53398.
Horario de labores SEGUNDO.- La Fiscalía Regional de Naucalpan y la Unidad Administrativa de la Fiscalía Especializada en Combate a la Corrupción continuarán con el horario en el que actualmente vienen operando.
Instrucciones al Oficial Mayor TERCERO.- Se instruye al Oficial Mayor, para que en el ámbito de sus facultades y en términos de las disposiciones administrativas y presupuestarias aplicables, provea los recursos humanos, técnicos, materiales y financieros necesarios para el cumplimiento de lo dispuesto en el presente Acuerdo.
Vigilancia y Supervisión CUARTO.- La Visitaduría General y el Órgano Interno de Control, en las evaluaciones y visitas que realicen, supervisarán la estricta aplicación del presente Acuerdo y en caso de incumplimiento, generarán las instrucciones o recomendaciones a que haya lugar, sin perjuicio de dar vista a la autoridad competente para fincar la responsabilidad penal o administrativa que en su caso resulte procedente.
TRANSITORIOS
PRIMERO. Publicación Publíquese el presente Acuerdo en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno, e infórmese a los usuarios de los servicios públicos ofrecidos por dichas unidades administrativas, mediante avisos visibles y suficientes, colocados en las instalaciones que venían ocupando.
SEGUNDO.- Vigencia Este Acuerdo entrará en vigor al día siguiente de su publicación en el Periódico Oficial Gaceta del Gobierno.
Dado en la Ciudad de Toluca, Capital del Estado de México, a los 25 días del mes de febrero del año dos mil diecinueve.
EL FISCAL GENERAL DE JUSTICIA DEL ESTADO DE MÉXICO
ALEJANDRO JAIME GÓMEZ SÁNCHEZ
RÚBRICA.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 15/03/2019 (Sección Segunda)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Segunda)

PaysMexique

Date15/03/2019

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Edition count4518

Première édition04/01/2000

Dernière édition20/06/2024

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