Periódico Oficial del Estado de México del día 04/11/2015 (Sección Cuarta)

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Source: Periódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

4 de noviembre de 2015

Página 3

PRIMERO. Se sobresee en el juicio promovido por Fusión Comercial sociedad anónima de capital variable, en el juicio de amparo 1131/2014-L; contra las autoridades y actos reclamados precisados en el considerando segundo, de la presente resolución, por los razonamientos expuestos en el tercer considerando.
SEGUNDO. La justicia de la Unión ampara y protege a Fusión Comercial sociedad anónima de capital variable, contra de las autoridades y actos reclamados precisados en el considerando segundo de la presente resolución, por los razonamientos expuestos en el considerando séptimo del presente fallo.
TERCERO. Publíquese la presente determinación en el Sistema Integral de Seguimiento de Expedientes SISE, acorde con lo ordenado en los considerandos octavo y noveno, de esta resolución.
Que de lo anterior, se advierte que los efectos por los que se concedió la protección Constitucional, lo es para:

2 Quede insubsistente el Decreto reclamado, sólo con relación a la parte relativa del predio respecto de la cual la moral quejosa acreditó su propiedad mediante la escritura pública exhibida, que se localiza dentro de las colindancias en ésta descritas; en el predio ubicado en la calle Ismael Reyes Retana S/N colonia centro, Jilotepec Estado de México que colinda con el parque Las Sequoias.
3 Lo anterior, con la precisión de que la declaratoria de por la que cambia de categoría el Parque Municipal Las Sequoias, por área natural protegida, con la categoría de Parque Urbano Las Sequoias, y se actualiza la poligonal real del mismo con una superficie de 90,986.890 metros cuadrados; que constituyó el acto de aplicación de las normas reclamadas, queda insubsistente sólo en la parte relativa al predio que la moral quejosa defendió en el juicio de amparo que nos ocupa.

Que en estricta observancia a los artículos 80 de la Constitución Política del Estado Libre y Soberano de México y 7 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de México, este instrumento se encuentra debidamente refrendado por el Secretario General de Gobierno del Estado de México, José S. Manzur Quiroga.
Por lo antes expuesto y en cumplimiento a la sentencia de amparo de veinticinco de marzo de dos mil quince, dictada por el Juez Primero de Distrito en el Estado de México, con residencia en Naucalpan de Juárez, en los autos del juicio de amparo 1131/2014-L y a la resolución de veinte de agosto del dos mil quince, dictada en el amparo en revisión 190/2015, por el Segundo Tribunal Colegiado en Materia Administrativa del Segundo Circuito, he tenido a bien expedir el siguiente:
DECRETO DEL EJECUTIVO ESTATAL POR EL QUE SE MODIFICA EL DIVERSO DE
VEINTINUEVE DE OCTUBRE DE DOS MIL TRECE, PUBLICADO EN EL PERIÓDICO
OFICIAL "GACETA DEL GOBIERNO" EL CINCO DE NOVIEMBRE DE DOS MIL TRECE,

Acerca de esta edición

Periódico Oficial del Estado de México del día 04/11/2015 (Sección Cuarta)

TitrePeriódico Oficial del Estado de México (Sección Cuarta)

PaysMexique

Date04/11/2015

Page count4

Edition count1838

Première édition05/01/2000

Dernière édition28/12/2023

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