Periódico Oficial de Tamaulipas del 25/12/2023 - Legislativo

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

Página 2

Victoria, Tam., lunes 25 de diciembre de 2023

Periódico Oficial
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER EJECUTIVO

SECRETARÍA GENERAL
LINEAMIENTOS DE OPERACIÓN 2024 DEL PROGRAMA PRESUPUESTARIO
E013 ATENCIÓN A MIGRANTES
HÉCTOR JOEL VILLEGAS GONZÁLEZ, Secretario General de Gobierno del Estado de Tamaulipas, con fundamento en los artículos 93, párrafo primero de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas; 1
numerales 1 y 2, 13, 14 párrafo primero, 24 numeral 1 fracción II, 26 fracciones XII y XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas; 67 fracción XV de la Ley de Transparencia y Acceso a la Información Pública del Estado de Tamaulipas; 5 numeral 1 fracción V inciso a, y 66 fracción I del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Tamaulipas y 6
de la Ley de Procedimiento Administrativo para el Estado de Tamaulipas.
CONSIDERANDO
PRIMERO. Que el artículo 93 primer párrafo de la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, establece que la Administración Pública Estatal será centralizada y paraestatal conforme a la Ley Orgánica que expida el Congreso, la cual establecerá la competencia de las Secretarías.
SEGUNDO. Que de acuerdo al Plan Estatal de Desarrollo 2023-2028, en su eje número 2. Política Social para el Bienestar, bajo el rubro de Grupos Poblacionales Vulnerables se establece como uno de sus objetivos el promover la coordinación interinstitucional entre los tres órdenes de gobierno, la sociedad civil y el sector privado, para atender y apoyar tanto a las y los tamaulipecos en el exterior como a sus familias en sus comunidades de origen. Así como la estrategia de Impulsar un Consejo Consultivo Interinstitucional entre los sectores público, privado y social que permita atender las necesidades de los migrantes tamaulipecos y sus familias, bajo las siguientes líneas de acción: B7.1.1.1 Firmar convenios de colaboración institucional con los municipios y la Federación, para generar programas y acciones de apoyo a los migrantes y sus familias; B7.1.1.2 Coordinar con el sector público, privado y organizaciones de la sociedad civil la realización de acciones para la atención de los albergues y casas de los migrantes; B7.1.1.3 Promover entre los tres órdenes de gobierno la colaboración interinstitucional para las tareas de seguridad, salud, educación y empleo para los migrantes y sus familias, además de la línea de acción B7.1.1.4 Crear un fondo de apoyo con los tres niveles de gobierno para solventar las tareas de atención humanitaria para los migrantes. De manera complementaria el segundo objetivo establece promover la organización y participación de los migrantes en el desarrollo de sus localidades de origen, bajo la estrategia de propiciar la participación de los migrantes en los proyectos de desarrollo comunitario; con la finalidad de que ellos mismos sean un factor de cambio y participación en sus comunidades de origen. Además de promover el alcance a las siguientes líneas de acción: B7.2.1.1 Impulsar el desarrollo de proyectos productivos para las familias de los migrantes que les permita generar un ingreso propio; B7.2.1.2 Ofrecer asesoría y orientación legal para la obtención de documentos de identidad para los migrantes y sus familiares;
B7.2.1.3 Implementar programas para el fortalecimiento de los vínculos con nuestros migrantes y sus comunidades de origen; B7.2.1.4 Promover la financiación de proyectos comunitarios a través de programas de mezcla de remesas y recursos públicos, así como B7.2.1.5 Implementar programas de empleo temporal para repatriados a fin de garantizar su reinserción a la vida social y productiva del estado.
TERCERO. Que los artículos 24 numeral 1 fracción II y 26 fracciones XII y XXXV de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Tamaulipas, señalan que para el estudio, planeación y despacho de los asuntos de los diversos ramos de la administración pública estatal, el Gobernador del Estado contará entre otras dependencias con la Secretaría General de Gobierno, la cual tendrá entre sus atribuciones la de conducir las relaciones políticas del Ejecutivo del Estado con los partidos políticos, las agrupaciones políticas nacionales, las asociaciones religiosas y las organizaciones sociales; y las demás que le señalen las leyes, reglamentos y otras disposiciones jurídicas, así como las que le encomiende el Gobernador del Estado con relación a sus competencias.
CUARTO. Que de conformidad con los artículos 5 numeral 1 fracción V inciso a, e y f y 66 fracción I, V y VI del Reglamento Interior de la Secretaría General de Gobierno del Estado de Tamaulipas, se establece que para el ejercicio de las funciones, atribuciones y despacho de los asuntos de su competencia, la Secretaría General de Gobierno contará en la estructura orgánica con tres órganos desconcentrados denominados Instituto Tamaulipeco para Migrantes, Sistema Intersectorial de Protección y Gestión Integral de Derechos de las Personas con Discapacidad y Secretaría Ejecutiva del Sistema Estatal de Protección Integral de los Derechos de Niñas, Niños y Adolescentes, los cuales tienen entre sus atribuciones la de dar seguimiento a las demandas y solicitudes de las organizaciones de la sociedad civil presentadas ante las dependencias y entidades de la administración pública estatal. Asimismo, los artículos 1 y 3, fracción II del Decreto Gubernamental mediante el cual se modifica el Decreto Gubernamental mediante el cual se crea el Instituto Tamaulipeco para los Migrantes, precisan que el Instituto Tamaulipeco para los Migrantes, es el órgano desconcentrado de la Secretaría General de Gobierno, con autonomía técnica y de gestión, a cargo de las políticas públicas de protección de los derechos

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 25/12/2023 - Legislativo

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo

PaysMexique

Date25/12/2023

Page count303

Edition count4075

Première édition02/01/1999

Dernière édition11/07/2024

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