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Periódico Oficial de Tamaulipas del 24/2/2022 - Legislativo
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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Legislativo
Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 24 de febrero de 2022
Página 3
GOBIERNO DEL ESTADO
PODER LEGISLATIVO
H. CONGRESO DEL ESTADO
LA LEGISLATURA SESENTA Y CINCO CONSTITUCIONAL DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS, EN USO DE LAS FACULTADES QUE LE CONFIEREN LOS ARTÍCULOS 58
FRACCIÓN I DE LA CONSTITUCIÓN POLÍTICA LOCAL; Y 119 DE LA LEY SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y
FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y SOBERANO DE TAMAULIPAS, TIENE A BIEN EXPEDIR EL SIGUIENTE:
D E C R E T O No. 65-134
DECRETO MEDIANTE EL CUAL SE REFORMAN Y ADICIONAN DIVERSAS DISPOSICIONES DE LA LEY
SOBRE LA ORGANIZACIÓN Y FUNCIONAMIENTO INTERNOS DEL CONGRESO DEL ESTADO LIBRE Y
SOBERANO DE TAMAULIPAS.
ARTÍCULO ÚNICO. Se reforman los artículos 20, párrafo 3, 22 párrafo 1, incisos f y g; 23, párrafo 1, inciso f;
32, inciso f; 41, párrafos 1 y 2; 43, incisos e y g; 48; 68, párrafo 1, inciso o; 77, párrafo 8; 78; 83, párrafo 6; 102, párrafo 4; 103, párrafo 3; 123; 133, párrafo 2; y 164; y se adicionan un artículo 23 BIS; el inciso h al artículo 43;
un subpárrafo al párrafo 1 del artículo 50; un párrafo 7, recorriendo los actuales párrafos en su orden natural al artículo 77, el párrafo 4 al artículo 109 y el párrafo 3 al artículo 120, de la Ley sobre la Organización y Funcionamiento Internos del Congreso del Estado Libre y Soberano de Tamaulipas, para quedar como siguen:
ARTÍCULO 20.
1. y 2. . . .
3. A las reuniones de la Mesa Directiva asistirá el Secretario General, quien tendrá voz y preparará los documentos necesarios para el desarrollo de las reuniones, levantará el acta correspondiente y llevará el registro de los acuerdos que se adopten, el titular de la Unidad de Servicios Parlamentarios y personal de servicios parlamentarios, para la revisión del contenido en los apartados del Orden del Día de la sesión.
ARTÍCULO 22.
1. Son
a al e
f Dar curso a los asuntos y negocios del Congreso en términos de la normatividad aplicable y determinar los turnos conforme a las competencias, o lo que corresponda respecto de los trámites que deban recaer sobre las cuestiones con que se dé cuenta al Pleno; enviar la publicación en el Periódico Oficial del Estado, cuando no requieran de la sanción y promulgación del Ejecutivo;
g Firmar, en el Salón de Sesiones, junto con los secretarios de la Mesa Directiva, las leyes, decretos y acuerdos que expida el Congreso, así como suscribir cualquier otra resolución del Pleno, al término de la sesión, en que se hubieren aprobado;
h al o
2. Disponer
ARTÍCULO 23.
1. Son
a al e
f Firmar, en el Salón de Sesiones, junto con quien presida la Mesa Directiva o cuando este se niegue hacerlo o retarde los trámites de lo aprobado, las leyes, decretos y acuerdos que expida el Congreso, así como suscribir cualquier otra resolución del Pleno, al término de la sesión, en que se hubieren aprobado;
g al i
2. La
ARTÍCULO 23 BIS.
1. Son causas de remoción de los integrantes de la Mesa Directiva:
a Cuando, a juicio del Pleno legislativo incurran en causas graves que afecten las funciones legislativas;
b Si transgreden en forma grave o reiterada las disposiciones de la Constitución General de la República, la Constitución Política del Estado de Tamaulipas, o las de esta ley;
c Si incumplen los acuerdos del Pleno, de la Junta de Coordinación Política o cuando se afecten las atribuciones constitucionales y legales del Congreso del Estado; y