Periódico Oficial de Tamaulipas del 3/2/2022 - Judicial

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Source: Periódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

Periódico Oficial
Victoria, Tam., jueves 3 de febrero de 2022

el sistema generé para la presentación del escrito de contestación de demanda sea posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a depositar el sobre con la caratula pegada a éste, al buzón previo a que venza su término para la contestación de que se trate.- De la misma manera, se les previene a las personas que se consideren con derecho a la herencia o a los acreedores para efecto de que proporcione a este Juzgado su usuario o cuenta del servicio del Tribunal Electrónico en el escrito mediante el cual comparezcan dentro de la presente sucesión.- Es dado para su publicación a los veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno.- DOY FE.
ATENTAMENTE
El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR BRAVO PEREZ.
656.- Febrero 3.- 1v.
EDICTO
Juzgado de Primera Instancia Mixto.
Décimo Quinto Distrito Judicial.
González, Tam.
El Licenciado José Luis Tobías Bazán, Juez Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, con residencia en González, Tamaulipas, mediante acuerdo de fecha dos de diciembre del dos mil veintiuno, dictado dentro del Expediente Judicial Número 00330/2021, relativo al Juicio Sucesorio Intestamentario a bienes de REYNA LERMA LARA, denunciado por MARÍA
DE LOS ÁNGELES URRUTIA LERMA, se ordenó convocar a las personas que se consideren con derecho a la herencia, por medio de este edicto que se publicará por UNA SOLA VEZ en los Periódicos Oficial del Estado y en uno de mayor circulación que se edite en esta Zona Geográfica, a fin de que dentro del término de quince días, contados a partir de la última publicación del edicto;
comparezcan a deducir sus derechos hereditarios, asimismo y tomando en consideración que en la presente sucesión no existen partes demandadas, sin embargo al tratarse de un asunto de los contemplados en el Acuerdo General 12/2020, de fecha veintinueve de mayo del dos mil veinte, 14/2020 de fecha veintinueve de junio del dos mil veinte, 15/2020 de fecha treinta de julio del dos mil veinte y 7/2021 de fecha doce de noviembre de dos mil veintiuno, emitidos por el Consejo de la Judicatura del Estado, este Tribunal con el objeto de que pudiera tener interés alguna persona en esta Sucesión en deducir sus derechos hereditarios tiene a bien inserta SEGUNDO.- Presentación de demandas, contestaciones y promociones diversas.Las partes podrán presentar sus demandas iniciales, contestaciones, promociones, cumplimiento de prevenciones o cualquier documento requerido por las y los Juzgadores, mediante los buzones judiciales o directamente en las oficialías de partes y, en su caso, ante el propio órgano jurisdiccional en los que no exista oficialía. 4. Para el caso de contestación de demandas y promociones dentro del juicio, el usuario deberá ingresar al Tribunal Electrónico en el apartado de Pre registro de contestación de demandas o Pre registro de promociones diversas, según sea el caso. Al abrirlo abra la opción de registrar los datos de número de expediente, nombre del demandado, nombre del abogado apoderado y de igual manera imprimir la carátula con el folio, fecha y hora en las que deberá acudir para depositarla en el buzón que estará dispuesto en la sede del órgano jurisdiccional. 5. En los casos en que la fecha y
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hora que el sistema genere para la presentación del escrito de contestación de demanda sea posterior al plazo para la contestación, el usuario deberá acudir a depositar el sobre con la carátula pegada a éste, al buzón previo a que venza su término para la contestación de que se trate. 6. 7.
Si el juzgado realiza alguna observación a los documentos presentados, realizará la prevención correspondiente, la cual se mandará al correo con el acuerdo anexo en el que se defina el motivo de la prevención. En términos del párrafo quinto del artículo 22 Bis del Código de Procedimientos Civiles para el Estado, las partes pueden anexar, a sus promociones electrónicas, documentos digitalizados que originalmente consten en papel, debiendo estar debidamente signadas a través de la Firma Electrónica Avanzada así como cualquier otro medio de prueba a que se refiere el diverso artículo 379 del referido Código.- Es dado para su publicación a los catorce días del mes de diciembre del año dos mil veintiuno.- DOY FE.
ATENTAMENTE
El Secretario de Acuerdos Civil y Familiar del Juzgado Mixto de Primera Instancia del Décimo Quinto Distrito Judicial del Estado, LIC. VÍCTOR BRAVO PEREZ.
657.- Febrero 3.- 1v.

Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Tamaulipas del 3/2/2022 - Judicial

TitrePeriódico Oficial de Tamaulipas - Judicial

PaysMexique

Date03/02/2022

Page count27

Edition count1838

Première édition11/03/2010

Dernière édition02/07/2024

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