Periódico Oficial de Chiapas del 24/2/2016 - Sección Tercera

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Source: Periódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

Periódico Oficial No. 225-3a. Sección
Miércoles 24 de Febrero de 2016

Publicaciones Estatales:
Publicación No. 1393-A-2016
Al margen un sello con el Escudo Nacional que dice: Estados Unidos Mexicanos.- Poder Ejecutivo del Estado de Chiapas.
Manuel Velasco Coello, Gobernador del Estado, en ejercicio de las facultades que me confieren los artículos 47 de la Constitución Política del Estado de Chiapas; 5 de la Ley Orgánica de la Administración Pública del Estado de Chiapas; y atendiendo al siguiente:
Considerando Con fecha 19 de junio de 2013, fue publicado en el Periódico Oficial número 039, el Decreto por el que se crea el Consejo Estatal de Salud Mental y Prevención a las Adicciones, órgano de carácter consultivo e instancia permanente de coordinación, concertación y vinculación del Sistema Nacional de Salud Mental y Contra las Adicciones, con el objeto de implementar todo tipo de acciones tendentes a abatir los padecimientos psicoemocionales, apoyar las acciones de los sectores público, social y privado destinados a la prevención y combate de los problemas de salud pública, causado por las adicciones a las bebidas alcohólicas, tabaco, estupefacientes, psicotrópicos y fármacos. Así como diseñar programas y estrategias que fomenten mejores conductas sociales en la población para la prevención y atención a personas víctimas de la violencia.
Así, con la finalidad de permitir una mejor atención y facilitar la prestación de los servicios destinados a la población abierta y población asegurada de las personas públicas y privadas. Es por eso que, con fecha 03 de junio de 2015, en el Periódico Oficial número 182, Segunda Sección, mediante publicación número 1057-A, se emitió el Decreto de Creación del Consejo Estatal de Salud Mental en Chiapas, cuyo objeto principal es establecer las directrices institucionales, coordinar las estrategias y programas, además de promover y apoyar las acciones de los sectores público, social y privado en el Estado, en las áreas de prevención, consulta externa, hospitalización, rehabilitación y reintegración social del individuo, con problemas de salud mental. Se consideró conveniente que el Consejo Estatal de Salud Mental del Gobierno del Estado, se constituya como un órgano concentrado del Instituto de Salud en el Estado de Chiapas.
Por tal motivo, los padecimientos derivados de Salud Mental serán atendidos exclusivamente por ese Consejo; por lo tanto, resulta necesario restablecer los mecanismos para atender la prevención y tratamiento de todos aquellos problemas de salud pública que han sido el resultado de las adicciones.
Por ello, es indispensable establecer la nueva denominación en donde cada Consejo realice las tareas que le corresponden, ya que en el texto vigente siguen estando juntas.
Por los fundamentos y consideraciones anteriormente expuestos, el Ejecutivo a mi cargo tiene a bien expedir el siguiente:
Decreto por el que se reforman y derogan diversas disposiciones del Decreto por el que se crea el Consejo Estatal de Salud Mental y Prevención a las Adicciones
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Acerca de esta edición

Periódico Oficial de Chiapas del 24/2/2016 - Sección Tercera

TitrePeriódico Oficial de Chiapas - Sección Tercera

PaysMexique

Date24/02/2016

Page count75

Edition count241

Première édition20/12/2006

Dernière édition21/06/2023

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