La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 21/2/2022

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Source: La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

La Gaceta Nº 34 Lunes 21 de febrero del 2022
después de dictadas. Notifíquese.Subproceso de Cobros Administrativos.Licda. Beatriz López González.Jefe, Órgano Director.O. C. N 4600061676.Solicitud N
328583. IN2022624241 .
Por no haber sido posible notificarle en el domicilio conocido por la Administración, se ordena la notificación por medio de edictos por tres veces consecutivas en La Gaceta de la siguiente Resolución N 1120-2021 AJ-SPCA. Ministerio de Seguridad Pública. Subproceso de cobros administrativos.
San José, a las ocho horas y quince minutos del veintitrés de noviembre de dos mil veintiuno. Acorde con lo ordenado por los artículos 214 y 320 al 347 y siguientes de la Ley General de la Administración Pública, el Reglamento General para el Control y Recuperación de Acreditaciones que no Corresponden N 34574 del 14 de marzo de 2008 y los alcances del Decreto Ejecutivo N 36366 SP y sus reformas, artículo N 4 inc. 7,5 inc. 5 y 10. Procede este Subproceso en calidad de Órgano Director, a iniciar el procedimiento sumario administrativo de cobro a Edgar Enrique Araya García, cédula de identidad N 5-0181-0865, por Adeudar a este ministerio la suma total de 165.067.47, por 09 días proporcionales de vacaciones del periodo 2021-2022 disfrutados de más, por ende sin corresponderle. Lo anterior según oficios N MSPDM-DVA-DGAF-DRH-DRC-SREM-9036-10-2021, del 28 de octubre de 2021 del Departamento de Remuneraciones y Compensaciones, de la Dirección de Recursos Humanos, folio 01; Oficio N MSP-DM-DRH-DCODC-SAR-5231-2021, del 22 de setiembre de 2021, del Departamento de Control y Documentación folio 02; todos de éste Ministerio. Para lo anterior se realiza el debido proceso, el cual será instruido por la Asesora Legal Licda. Xinia M. Sandoval Ugalde, teléfono N
2600-4846 ó 2600-4284, fax: 2227-78-28. Si existiere oposición al monto adeudado, se le hace sabe al encausado que cuenta con el plazo de 15 días hábiles contados a partir del día siguiente del recibo de la presente notificación, para presentar en el Subproceso de Cobros Administrativos del Ministerio de Seguridad Pública, sita en Barrio San Dimas, frente al Liceo Castro Madriz en la ciudad de San José, la prueba que estime conveniente. En forma opcional, puede proponer un arreglo de pago o cancelar la suma adeudada mediante el depósito bancario a cualquiera de las siguientes cuentas 001-0242476-2
del Banco de Costa Rica o la 100-01-000-215933-3 del Banco Nacional a nombre del Ministerio de Hacienda, o mediante entero a favor del Gobierno en un sólo momento, y aportar la copia respectiva a éste Subproceso. Toda la documentación habida en el expediente administrativo puede ser consultada en este Despacho en días y horas hábiles, y fotocopiada a costa del interesado, advirtiéndose que, por la naturaleza dicha de este expediente, de conformidad con los artículos 39 y 40
constitucional, 272 y 273 de la Ley General de la Administración Pública, se declara el mismo de acceso restringido sólo a las partes y sus representantes legales, siendo lo aquí ventilado de interés únicamente para el Ministerio y las partes, por lo que pueden incurrir en responsabilidad civil, penal o de otra naturaleza la persona que hiciere uso indebido o no autorizado de la información que aquí se consigne. Se le informa que el plazo otorgado es el momento procesal oportuno para aportar y recibir prueba de descargo y los alegatos pertinentes respecto al monto. Asimismo, se hace de su conocimiento que en contra de esta resolución no procede recurso alguno conforme el artículo 344 de la Ley General de la Administración Pública. De igual manera, se le hace saber al mencionado a que puede hacerse asesorar o acompañar de un abogado durante todo el proceso. Se le previene que debe señalar casa u oficina donde
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atender futuras notificaciones, de lo contrario las resoluciones posteriores se tendrán por debidamente notificadas, con el solo transcurso de veinticuatro horas después de dictadas.
Notifíquese.Licda. Licda. Beatriz López González, Jefe Subproceso De Cobros Administrativos, Órgano Director.O.
C. N 4600061676.Solicitud N 328539. IN2022624244 .

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periódicos; publicaciones; libros; material de enseñanza e instrucción con excepción de aparatos; bolsas, sacos y hojas de materias plásticas para el embalaje, propiedad de Jafer Enterprises R&D, S.L.U., domiciliada en Av. Sant Julia 260-266, Polígono Industrial Congost, Granollers Barcelona España.
Conforme a los artículos 39 de la Ley de Marcas, y 48 y 49 del Reglamento a la Ley de Marcas Decreto N 30233-J; se da traslado de esta acción al titular del signo o a su representante, para que en el plazo de un mes calendario contado a partir del día hábil siguiente de la presente notificación, se pronuncie respecto y demuestre su mejor derecho, y aporte al efecto las pruebas que estime convenientes, tomar en cuenta que por tratarse de una cancelación por no uso, es el titular del signo a quien le corresponde demostrar con prueba contundente el uso del signo. Se comunica que el expediente se encuentra a disposición de las partes en este Registro, asimismo en el expediente constan las copias de ley de la acción para el titular del signo. Se les previene a las partes el señalamiento de lugar o medio para recibir notificaciones y se advierte al titular que de no indicarlo, o si el medio escogido imposibilitare la notificación por causas ajenas al despacho, o bien, si el lugar señalado permaneciere cerrado, fuere impreciso, incierto o inexistente, quedará notificado de las resoluciones posteriores de manera automática con sólo transcurrir veinticuatro horas después de dictadas, conforme lo dispone los artículos 11 y 34 de la Ley de Notificaciones, Ley N 8687. A manera de excepción y en caso de que esta resolución sea notificada mediante publicación en el Diario Oficial La Gaceta, sin que medie apersonamiento del titular al proceso con el respectivo aporte del medio o lugar para recibir notificaciones, se aplicará lo dispuesto en los artículos 239, 241 incisos 2, 3 y 4 y 242 de la Ley General de la Administración Pública. Se advierte a las partes, que las pruebas que aporten deben ser presentadas en documento original o copia certificada haciéndose acompañar

Acerca de esta edición

La Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica del 21/2/2022

TitreLa Gaceta - Diario Oficial de Costa Rica

PaysCosta Rica

Date21/02/2022

Page count112

Edition count5505

Première édition01/01/2003

Dernière édition27/06/2024

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