Diario Oficial de la Federación del 17/01/2023

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Source: Diario Oficial de la Federación

Martes 17 de enero de 2023

DIARIO OFICIAL

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RESUELVE
PRIMERO. Este Órgano Desconcentrado, con fundamento en lo dispuesto en los artículos artículo 37
fracción V de la precitada Ley de Ahorro y Crédito Popular y 12, fracción V y XV, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores; así como conforme al Acuerdo QUINTO adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2022, y a las consideraciones que quedaron expuestas en la presente resolución, REVOCA a CAJA DE LA SIERRA GORDA, S.A. DE
C.V., S.F.P., la autorización para la organización y funcionamiento como Sociedad Financiera Popular.
SEGUNDO. A partir de la fecha de notificación de la presente resolución, CAJA DE LA SIERRA GORDA, S.A. DE C.V., S.F.P., se encontrará incapacitada por efecto de la revocación a dicha Sociedad Financiera Popular, para realizar operaciones, y se pondrá en estado de disolución y liquidación, de conformidad con lo previsto en el artículo 37, penúltimo párrafo, de la Ley de Ahorro y Crédito Popular.
TERCERO.
CUARTO.
QUINTO.
Lo anterior, se hace de su conocimiento con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, fracción VI, y penúltimo párrafo, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y 14 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, así como en términos del Acuerdo QUINTO adoptado por la Junta de Gobierno de la propia Comisión en su sesión ordinaria celebrada el 28 de noviembre de 2022.
Así lo proveyó el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo establecido en los artículos 16, fracciones VI y XVII, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores y firma, en suplencia por ausencia del mismo, el Vicepresidente Jurídico de esta Comisión, de conformidad con lo previsto en los artículos 3, fracción III, segundo párrafo, 4, fracción I, apartado A, fracción II, apartado A, inciso 7, 9, 14 y 60 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores.
Atentamente Ciudad de México a 21 de diciembre de 2022.- Vicepresidente Jurídico de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, Lic. Victor Manuel Carrillo Ramos.
En la Ciudad de México, a nueve de enero de 2023, los suscritos, LIC. JUAN MANUEL HERNÁNDEZ
VEGA y LIC. ARMANDO DÍAZ BETANCOURT, Directores de Área adscritos a la Dirección General Contenciosa de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, con fundamento en lo dispuesto en los artículos 16, fracción I y antepenúltimo párrafo, y 17, de la Ley de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, en relación con los artículos 1, 17, 42, fracción VII, y 64 del Reglamento Interior de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores, publicado en el Diario Oficial de la Federación el 28 de febrero de 2022; y artículo 31, fracción I, inciso 2, del Acuerdo por el que el Presidente de la Comisión Nacional Bancaria y de Valores delega facultades en los Vicepresidentes, Directores Generales y Directores Generales Adjuntos de la propia Comisión, publicado en el citado medio informativo el 30 de noviembre de 2015 y modificado por acuerdo publicado el 14 de diciembre de 2016, C E R T I F I C A M O S que la presente copia constante de UNA
FOJA, misma que concuerda fielmente con los archivos de esta Comisión Nacional Bancaria y de Valores, y que tuvimos a la vista.- Rúbricas.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 17/01/2023

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date17/01/2023

Page count230

Edition count3465

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Dernière édition11/07/2024

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