Diario Oficial de la Federación del 05/01/2023

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Source: Diario Oficial de la Federación

Jueves 5 de enero de 2023

DIARIO OFICIAL

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IV.

Aprobar la participación de invitados especiales a las sesiones del Consejo, cuando la naturaleza del tema lo requiera.

V.

Dirigir el desarrollo de las sesiones.

VI.

Aprobar los planteamientos y/o propuestas de criterio que se publicarán en el Portal del SAT y en el DOF para la clasificación arancelaria y, en su caso, respecto de la determinación del NICO.

VII. Establecer las fechas compromiso para el desahogo y cumplimiento de los acuerdos tomados.
VIII. Aprobar la minuta de cada sesión.
Octava. Son funciones del Secretario Ejecutivo, las siguientes:
I.

Convocar a sesión.

II.

Someter a consideración del Presidente los asuntos que deben ser atendidos en las sesiones.

III.

Proponer al Presidente la asistencia de invitados especiales cuando la naturaleza del tema lo requiera.

IV.

Convocar a los invitados especiales cuando la naturaleza del tema lo requiera.

V.

Presidir las sesiones, en ausencia del Presidente.

VI.

Proponer el orden del día.

VII. Verificar que exista quórum para la celebración de cada sesión.
VIII. Moderar el desarrollo de las sesiones.
IX.

Elaborar las minutas de las sesiones.

X.

Llevar el control y seguimiento de los acuerdos tomados en cada sesión.

XI.

Gestionar la publicación de los criterios de clasificación arancelaria y, en su caso, para la determinación del NICO, en el Portal del SAT y en el DOF.

XII. Interpretar las presentes Reglas de Operación.
Novena. Son funciones de los Consejeros, las siguientes:
I.

Sugerir al Secretario Ejecutivo la asistencia de invitados cuando la naturaleza del tema lo requiera.

II.

Dar cumplimiento a los acuerdos materia de su competencia.

Décima. Son funciones de los invitados permanentes, las siguientes:
I.

Sugerir al Secretario Ejecutivo la asistencia de invitados cuando la naturaleza del tema lo requiera.
Convocatoria y Asuntos Relevantes
Décima primera. El Secretario Ejecutivo elaborará un directorio con la información de los funcionarios titulares, suplentes e invitados para realizar las convocatorias conforme a los últimos datos registrados en el mismo.
Décima segunda. La convocatoria será enviada por el Secretario Ejecutivo vía correo electrónico, junto con el orden del día, por lo menos con tres días de anticipación a la celebración de la sesión, anexando las propuestas y/o problemáticas a tratar y sus antecedentes con la finalidad de que tengan oportunidad de analizarlos previamente.
Décima tercera. El orden del día deberá contener al menos los siguientes apartados:
I.

Verificación del quórum e invitados de la sesión.

II.

Revisión de los asuntos aprobados por el Presidente para ser discutidos en la reunión.

III.

Seguimiento de los acuerdos y/o casos pendientes de sesiones anteriores.

IV.

Asuntos generales.
Sesiones
Décima cuarta. El Consejo sesionará cuando se requiera. En caso de que se presente una circunstancia debidamente justificada que impida la celebración de alguna sesión, el Presidente fijará una nueva fecha para llevarla a cabo.
Décima quinta. Para que el Consejo pueda sesionar, se requiere la asistencia de por lo menos el Presidente o el Secretario Ejecutivo y los Consejeros o sus respectivos suplentes. Al inicio de cada sesión, el Secretario Ejecutivo elaborará una lista de asistencia con la finalidad de verificar el quórum.
En caso de ausencia del Presidente del Consejo, el Secretario Ejecutivo presidirá la reunión.
La validación del criterio que emita el Consejo, deberá contar con la mayoría de votos. En caso de empate, el Presidente o en su caso, el Secretario Ejecutivo, tendrán el voto de calidad.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 05/01/2023

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date05/01/2023

Page count280

Edition count3465

Première édition01/01/2011

Dernière édition11/07/2024

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