Diario Oficial de la Federación del 15/09/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

Jueves 15 de septiembre de 2022

DIARIO OFICIAL

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La CURP, es la única clave que se emite para las personas mexicanas por nacimiento, por naturalización, y repatriadas sin registro previo, así como a las personas extranjeras solicitantes de la condición de refugiado y protección complementaria, solicitantes de asilo político, con condición de estancia de visitantes y con condición de estancia de residentes temporales o permanentes, sean menores o mayores de edad, y su establecimiento y adopción como una clave única y homogénea en los registros de personas a cargo de las dependencias y entidades de la APF constituye un elemento de apoyo para el diseño y conducción de una adecuada política de población, pues la amplitud de su cobertura y carácter obligatorio la hacen un instrumento de registro y acreditación fehaciente y confiable en la identidad de la población, en términos del Instructivo Normativo para la asignación de la Clave Única de Registro de Población publicado en el DOF
el 18 de junio de 2018, y modificado el 18 de octubre de 2021.
El Registro Nacional de Población, como instrumento para la identificación de las personas que componen la población del país, es indispensable para que las dependencias y entidades que integran diversos registros de personas, adopten la CURP, e intercambien información con GOBERNACIÓN que permita validarla; logrando con ello, por un lado, que las personas ejerciten sus derechos y, por el otro, que el DIF ESTATAL VERACRUZ agilice los trámites que efectúa, en el ámbito de su competencia; por lo que, el DIF ESTATAL VERACRUZ y GOBERNACIÓN deberán celebrar convenios para los efectos antes señalados.
El Plan Nacional de Desarrollo 2019-2024, publicado en el DOF el 12 de julio de 2019, contempla en su apartado I. Política y Gobierno, punto cuatro Cambio de paradigma en seguridad, Estrategia Nacional de Seguridad Pública, objetivo 8 Articular la seguridad nacional, la seguridad pública y la paz el objetivo estratégico Construir las bases para la creación de un Documento Único de Identificación Nacional biometrizado.
El Programa Sectorial de Gobernación 2020-2024, publicado en el DOF el 25 de junio de 2020, prevé en su Objetivo prioritario 4, Estrategia prioritaria 4.4, las Acciones Puntuales siguientes: 4.4.2 Impulsar instrumentos normativos de colaboración con el sector público de los tres órdenes de gobierno y el sector privado, encaminados a consolidar el Registro Nacional de Población y 4.4.7. Consolidar e impulsar la adopción y uso de la CURP en los sectores público y privado para que constituya la llave primaria y el elemento de interoperabilidad en los programas y servicios que brinda a la población.
Por su parte, el DIF ESTATAL VERACRUZ fue creado mediante Ley publicada en la Gaceta Oficial, Órgano del Gobierno del Estado de Veracruz-Llave, el 30 de abril de 1977, y es un organismo público descentralizado con personalidad jurídica y patrimonio propios, rector de la Asistencia Social que tendrá como objetivos la promoción de la asistencia social, la prestación de servicios en ese campo, la promoción de la interrelación sistemática de acciones que en la materia lleven a cabo las instituciones públicas y privadas, así como la realización de las demás acciones que establece esta Ley y las disposiciones legales aplicables, en términos de lo establecido por los artículos 50, párrafos primero y segundo de la Constitución Política del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave CPV; 15 de la Ley sobre el Sistema Estatal de Asistencia Social LEY; 44 de la Ley Orgánica del Poder Ejecutivo del Estado de Veracruz de Ignacio de la Llave LEY ORGÁNICA; y 2 del Reglamento Interior del Sistema para el Desarrollo Integral de la Familia del Estado de Veracruz REGLAMENTO.
Para el logro de sus objetivos realizará, entre otras, las funciones de apoyar el desarrollo de la familia y de la comunidad; realizar acciones de apoyo educativo, para la integración social y de capacitación para el trabajo a los sujetos de la asistencia social; promover e impulsar el sano crecimiento físico, mental y social de la niñez; participar en programas de rehabilitación y educación especial; elevar el estado nutricional de la población en general, mediante la educación y la investigación pertinente, así como promover el consumo e industrialización de alimentos que convengan a los lactantes, a los menores de edad preescolar, a las mujeres en estado de embarazo, a los minusválidos y a los ancianos; y, las demás que establezcan las disposiciones aplicables en la materia; tal como lo dispone el artículo 17, fracciones II, III, IV, XVII, XIX y XXI de la LEY.
Asimismo, a partir del año 2002, el Decreto del Presupuesto de Egresos de la Federación estableció la necesidad de realizar un cruce de padrones o listado de beneficiarios de los Programas del Gobierno Federal, con la finalidad de evaluar las duplicidades de atención a los beneficiarios de éstos. En este sentido, el 12 de enero de 2006, se publicó en el DOF el Decreto por el que se crea el Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales SIIPP-G, que posteriormente se complementó con los criterios establecidos en el Manual de Operación del Sistema Integral de Información de Padrones de Programas Gubernamentales, publicado en el DOF el 13 de septiembre de 2018.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 15/09/2022

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date15/09/2022

Page count258

Edition count3481

Première édition01/01/2011

Dernière édition02/08/2024

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