Diario Oficial de la Federación del 05/08/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

Viernes 5 de agosto de 2022

DIARIO OFICIAL

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De esta manera, el PAIMEF contribuye a la generación de condiciones para el desarrollo humano, el ejercicio de derechos, el empoderamiento y la plena inclusión social de mujeres, en el entendimiento de que las violencias de género son un factor que atenta contra el ejercicio de los derechos humanos de las mujeres, impide su acceso a la igualdad de oportunidades y restringe su incorporación a los procesos de desarrollo social.
Este Programa cuenta con el presupuesto de operación para el ejercicio fiscal 2022, de conformidad con lo establecido en el artículo Vigésimo Primero del Presupuesto de Egresos de la Federación para el Ejercicio Fiscal 2022 PEF 2022, publicado en el Diario Oficial de la Federación DOF, el 29 de noviembre del 2021, el cual señala que los recursos asignados ascienden a la cantidad de hasta $288,988,386.00 Doscientos ochenta y ocho millones novecientos ochenta y ocho mil trescientos ochenta y seis pesos 00/100 M.N..
En términos del artículo 75 de la Ley Federal de Presupuesto y Responsabilidad Hacendaria LFPRH, los subsidios deberán sujetarse a los criterios de objetividad, equidad, transparencia, publicidad, selectividad y temporalidad, para lo cual se deberá, entre otros aspectos: i identificar con precisión la población objetivo;
ii incorporar mecanismos periódicos de seguimiento, supervisión y evaluación que permitan ajustar las modalidades de su operación o decidir sobre su cancelación; iii prever la temporalidad en su otorgamiento, y iv reportar su ejercicio en los informes trimestrales.
El PAIMEF fue transferido del Ramo Administrativo 20 Bienestar al Ramo 04 Gobernación, mediante Acuerdo de Traspaso de recursos presupuestarios celebrado entre la Secretaría de Bienestar y la Secretaría de Gobernación a través de la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, cuyo objeto fue traspasar recursos presupuestarios federales, correspondientes al Programa presupuestario S155 Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas del Ejercicio Fiscal 2022.
Derivado de dicha transferencia, el 10 de junio de 2022, la CONAVIM, publicó en el DOF, las Reglas de Operación del Programa de Apoyo a las Instancias de Mujeres en las Entidades Federativas, para el ejercicio fiscal 2022 REGLAS, con el objeto establecer los criterios y requisitos de elegibilidad de los programas anuales que integran las Instancias de Mujeres en la Entidades Federativas, mediante los cuales promueven y operan acciones de prevención y atención.
Toda vez que LA IMEF ha cumplido con el numeral 3.3 denominado Criterios y requisitos de elegibilidad de los Programas Anuales establecido en las REGLAS, resulta necesario ejecutar EL PROGRAMA ANUAL
que obra en el Sistema Integral del PAIMEF, para empoderar a las mujeres en situación de violencia que solicitan servicios de orientación y atención especializada en las unidades apoyadas por dicho Programa; por lo que LAS PARTES manifiestan formalizar el presente instrumento al tenor de las siguientes:
DECLARACIONES
I.

GOBERNACIÓN declara que:

I.1.

Es una Dependencia de la Administración Pública Federal Centralizada, según lo dispuesto por los artículos 90 de la CONSTITUCIÓN; 1o., 2o., fracción I, 26 y 27 de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal y 1 del Reglamento Interior de la Secretaría de Gobernación RISEGOB.

I.2.

De conformidad con el artículo 27, fracción VII de la Ley Orgánica de la Administración Pública Federal, GOBERNACIÓN en el ámbito de su competencia, tiene a su cargo la responsabilidad de vigilar el cumplimiento de los preceptos constitucionales por parte de las autoridades del país, especialmente en lo que se refiere a derechos humanos y la de dictar las medidas necesarias para tal efecto, bajo mecanismos de participación y coordinación de las autoridades, tanto de las entidades federativas como de los municipios.

I.3.

La CONAVIM es un órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, de conformidad con los artículos 2, Apartado C, fracción V y 151 del RISEGOB, y el Decreto por el que se crea como órgano administrativo desconcentrado de la Secretaría de Gobernación, la Comisión Nacional para Prevenir y Erradicar la Violencia contra las Mujeres, publicado en el DOF el 1 de junio de 2009.

I.4.

La persona titular de la CONAVIM Ma Fabiola Alanís Sámano, cuenta con las atribuciones para la suscripción del presente Convenio de Coordinación, con fundamento en los artículos 115, fracción V
y 151 del RISEGOB, y Cuarto, fracción XIII del Decreto de referencia.

I.5.

Para dar cumplimiento al presente Convenio de Coordinación, cuenta con los recursos económicos suficientes en la partida presupuestal 43401 relativa a Subsidios a Entidades Federativas y Municipios, con número de Reporte General de Suficiencia Presupuestaria 00302.

I.6.

Señala como su domicilio el ubicado en la Calle Dr. José María Vértiz número 852, piso 5, Colonia Narvarte, Demarcación Territorial Benito Juárez, Código Postal 03020, Ciudad de México.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 05/08/2022

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date05/08/2022

Page count244

Edition count3461

Première édition01/01/2011

Dernière édition05/07/2024

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