Diario Oficial de la Federación del 02/08/2022

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Source: Diario Oficial de la Federación

Martes 2 de agosto de 2022

DIARIO OFICIAL

285

Sobrecosto:
$41,063,974.57 Cuarenta y un millones sesenta y tres mil novecientos setenta y cuatro pesos 57/100 M.N.
Impuesto al Valor Agregado del Sobrecosto:
$6,570,235.93 Seis millones quinientos setenta mil doscientos treinta y cinco pesos 93/100 M.N.
CUARTO.- En términos de lo resuelto en la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2020, emitida por la Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dentro del expediente 12241/16-17-12-2 atrayente; se resuelve que no es procedente la determinación de Deductivas relacionadas con Contrato de Obra Pública a Precio Alzado y Tiempo Determinado número C/O/52/1/2013.
QUINTO.- Se determina que el importe total de créditos a favor del Instituto Nacional de Pediatría, derivados del presente Finiquito del Contrato de Obra Pública a Precio Alzado y Tiempo Determinado número C/O/52/1/2013, liquidado de acuerdo a los lineamientos contenidos en la sentencia de fecha 8 de septiembre de 2020, emitida por la Décimo Segunda Sala Regional Metropolitana del Tribunal Federal de Justicia Administrativa dentro del expediente 12241/16-17-12-2 atrayente, asciende a la cantidad de $120,777,431.28
Ciento veinte millones setecientos setenta y siete mil cuatrocientos treinta y un pesos 28/100 M.N..
SEXTO.- Se requiere a las contratistas Design Built Management, S.A. de C.V., Construcciones y Edificaciones Olmos, S.A. de C.V., y Grupo Tritón Consultores y Constructores, S.A. de C.V.; para que de manera conjunta o separada, indistintamente, hagan pago a éste Instituto de la cantidad de $120,777,431.28
Ciento veinte millones setecientos setenta y siete mil cuatrocientos treinta y un pesos 28/100 M.N. en un término que no deberá de exceder de 3 tres días hábiles, contados a partir del día siguiente al en que surta efectos la notificación de la presente Resolución, en términos de lo previsto en la fracción III del artículo 297 del Código Federal de Procedimientos Civiles, de aplicación supletoria a la Ley Federal de Procedimiento Administrativo y a la Ley de Obras Públicas y Servicios relacionados con las Mismas.
Asimismo, para el caso de que las Contratistas Design Built Management, S.A. de C.V., Construcciones y Edificaciones Olmos, S.A. de C.V., y Grupo Tritón Consultores y Constructores, S.A. de C.V. no hagan el pago a éste Instituto del monto al que se refiere éste Resolutivo; se les apercibe que se harán efectivas las garantías relacionadas con el Contrato de Obra Pública a Precio Alzado y Tiempo Determinado número C/O/52/1/2013, ante las Afianzadoras respectivas o ante quien haya asumido sus derechos y obligaciones.
SÉPTIMO.-En cumplimiento a lo ordenado en la fracción XV del artículo 3º de la Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se hace del conocimiento de las contratistas Design Built Management, S.A. de C.V., Construcciones y Edificaciones Olmos, S.A. de C.V. y Grupo Tritón Consultores y Constructores, S.A. de C.V. que, contra el presente acto administrativo, es oponible el Recurso Administrativo previsto en la mencionada Ley Federal de Procedimiento Administrativo; o el Juicio Contencioso Administrativo Federal, previsto en la Ley Federal de Procedimiento Contencioso Administrativo.
OCTAVO.- Visto que las Contratistas Design Built Management, S.A. de C.V., Construcciones y Edificaciones Olmos, S.A. de C.V. y Grupo Tritón Consultores y Constructores, S.A. de C.V. ya no se encuentran en los domicilios que registraron ante éste Instituto en sus proposiciones en términos del artículo 42 del Reglamento de la Ley de Obras Públicas y Servicios Relacionados con las Mismas, ni en los domicilios que declararon en el Contrato de Obra Pública a Precio Alzado y Tiempo Determinado número C/O/52/1/2013, y se desconoce su domicilio; con fundamento en los artículos 35 fracción III, 37 y 38 último párrafo de Ley Federal de Procedimiento Administrativo, se ordena notificar la presente Resolución mediante edictos que se publiquen el Diario Oficial de la Federación y en un periódico diario de circulación nacional.
El presente edicto será publicado por tres días consecutivos en el Diario Oficial de la Federación y en uno de los periódicos de mayor circulación en el territorio nacional.
Ciudad de México, a 18 de julio de 2022
La Directora General del Instituto Nacional de Pediatría Dra. Mercedes Macías Parra Rúbrica.
R.- 524068

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Federación del 02/08/2022

TitreDiario Oficial de la Federación

PaysMexique

Date02/08/2022

Page count288

Edition count3481

Première édition01/01/2011

Dernière édition02/08/2024

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