Diario Oficial de la República de Chile del 18/1/2023 - Secciones I-IV

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Source: Diario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

Nº 43.454

DIARIO OFICIAL DE LA REPUBLICA DE CHILE
Miércoles 18 de Enero de 2023

2. Déjase constancia que en todo lo demás, permanece sin modificación lo establecido en el decreto supremo N271, de 24 de octubre de 2022, del Ministerio de Relaciones Exteriores.

Sección I - 5

Que, para la semana que comienza el día jueves 19 de enero de 2023, determínanse las referidas tasas de conformidad a los siguientes valores:

Anótese, tómese razón, regístrese y publíquese.- GABRIEL BORIC FONT, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.
Lo que transcribo a Us. para su conocimiento.- Claudia Rojo, Directora General Administrativa.

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Certifico, para los efectos de la ley N18.158, que establece normas sobre publicación de tratados internacionales que indica, que el presente ejemplar es copia fiel del texto original de la Decisión N13 Actualización del Anexo 4.2 Requisitos Específicos de Origen al Sistema Armonizado 2017, suscrita por la Comisión de Libre Comercio del Protocolo Adicional al Acuerdo Marco de la Alianza del Pacífico, en Bogotá, D.C. República de Colombia, el 25 de enero de 2022.- Gabriel Boric Font, Presidente de la República.- Antonia Urrejola Noguera, Ministra de Relaciones Exteriores.

Ministerio de Hacienda
CVE 2256200
DETERMINA EL COMPONENTE VARIABLE PARA EL CÁLCULO DEL
IMPUESTO ESPECÍFICO ESTABLECIDO EN LA LEY N18.502
Núm. 12 exento. - Santiago, 17 de enero de 2023.
Vistos:

Lo dispuesto en el artículo 32 N6 de la Constitución Política de la República de Chile; en el DFL N7.912, de 1927, del Ministerio del Interior, que Organiza las Secretarías del Estado; en la Ley N18.502, que Establece Impuestos a Combustibles que señala; en la Ley N20.765, que Crea Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles que indica; en la Ley N20.794, que Extiende la cobertura del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles creado por la Ley N20.765; en el decreto supremo N1.119, de 2014, del Ministerio de Hacienda, que Aprueba Reglamento para la aplicación del Mecanismo de Estabilización de Precios de los Combustibles, creado por la Ley N20.765 y sus modificaciones; en el decreto supremo N2.025, de 2020, del Ministerio de Hacienda; en el decreto supremo N71, de 2022 del Ministerio del Interior y Seguridad Pública; en los oficios ordinarios N46
y N47, ambos de 17 de enero de 2023, de la Comisión Nacional de Energía; y en la resolución N7, de 2019, de la Contraloría General de la República.
Considerando:

Que, esta Cartera de Estado, ha realizado las estimaciones referidas en el artículo 3 de la ley N20.765 y, respectivamente, en los artículos 3 bis y 8 de su Reglamento.
Decreto:

1.- Determínanse los siguientes componentes variables de los impuestos específicos establecidos en la ley N18.502, que Establece impuestos a los combustibles que señala, en virtud de lo señalado en el artículo 3 de la ley N20.765:

2.- Aplícanse a contar del día 19 de enero de 2023, los componentes variables expuestos en la tabla precedente, del numeral anterior.
3.- Determínanse, como consecuencia de lo anterior, las tasas de los Impuestos Específicos de los Combustibles establecidos en la ley N18.502, los cuales serán iguales a su componente base, considerando además el componente variable, que puede ser sumado o restado según lo previsto en el artículo 3 de la ley N20.765
y lo dispuesto en el artículo 8 de su Reglamento.

4.- Publíquese en la web institucional del Ministerio de Hacienda, a través de un informe técnico lo decretado a través de este acto administrativo, de conformidad a lo dispuesto en el artículo 5 de la ley N20.765.
Anótese, publíquese y archívese.- Por orden del Presidente de la República, Mario Marcel Cullell, Ministro de Hacienda.
Lo que transcribo a usted para su conocimiento.- Saluda Atte. a usted, Claudia Sanhueza Riveros, Subsecretaria de Hacienda.

SERVICIO NACIONAL DE ADUANAS
Dirección Nacional
CVE 2255245
MODIFICA EL COMPENDIO DE NORMAS ADUANERAS
Extracto
Mediante resolución exenta N134, de 11.01.2023, de la Directora Nacional de Aduanas, se modifica el Compendio de Normas Aduaneras, en orden a incorporar las disposiciones relativas al producto prioritario neumático, conforme al DS N8, de 2019, del Ministerio del Medio Ambiente DO 2021 y la ley N20.920, sobre responsabilidad extendida del productor ley REP.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.
La presente resolución comenzará a partir del 20.01.2023.
Valparaíso, 11 de enero de 2023.- Gabriela Landeros Herrera, Directora Nacional de Aduanas S.
CVE 2254662
MODIFICA EXTRACTO DE RESOLUCIÓN N2.856, DE 04.11.2022
Extracto
En la edición del Diario Oficial N43.407, de fecha 22 de noviembre de 2022, se publicó el extracto de la resolución exenta N2.856, de fecha 4 de noviembre de 2022 que modificó el Compendio de Normas Aduaneras, acto que contiene un error en la numeración y fecha, señalando resolución exenta 2.937 de 11 de noviembre de 2022, inexactitud subsanada mediante la resolución exenta N1.136
de 11 de enero de 2023.
El texto íntegro de esta resolución se encuentra publicado en el sitio web del Servicio Nacional de Aduanas www.aduana.cl.
Valparaíso, 11 de enero de 2023.- Gabriela Landeros Herrera, Directora Nacional de Aduanas S.

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la República de Chile del 18/1/2023 - Secciones I-IV

TitreDiario Oficial de la República de Chile - Secciones I-IV

PaysChili

Date18/01/2023

Page count64

Edition count1245

Première édition17/08/2016

Dernière édition19/03/2024

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