Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/6/2018

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Source: Diario Oficial de la Provincia de Cádiz

Página 14

B.O.P. DE CADIZ NUM. 106

JUZGADO DE LO SOCIAL Nº 3
JEREZ DE LA FRONTERA
EDICTO
D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA FUENTE , LETRADO/A DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL Nº3 DE JEREZ
DE LA FRONTERA.
HACE SABER: Que en los autos seguidos en este Juzgado bajo el número 389.1/2013 a instancia de la parte actora D/D. ANTONIO SÁNCHEZ PASTORIL contra CARLOS ORTIZ MARTÍNEZ sobre Cuenta del Abogado se ha dictado RESOLUCIÓN
de fecha 21/11/2017 del tenor literal siguiente:
DECRETO
Letrado/a de la Administración de Justicia D/D JERÓNIMO GESTOSO DE LA
FUENTE
En JEREZ DE LA FRONTERA, a veintiuno de noviembre de dos mil diecisiete ANTECEDENTES DE HECHO
PRIMERO.- Por el Letrado Sr. D. ANTONIO SÁNCHEZ PASTORIL se ha presentado escrito de reclamación de honorarios que afirma le adeuda DON CARLOS
ORTIZ MARTÍNEZ, por importe de 2.006,62 euros.
FUNDAMENTOS DE DERECHO
PRIMERO.- Disponen los artículos 34.1 y 35.1 de la L.E.C., de aplicación supletoria en la presente jurisdicción, que los Procuradores y Abogados, podrán reclamar frente a la parte a la que defienda el pago de los derechos/honorarios que hubieren devengado en el asunto, presentando minuta detallada y manifestando formalmente que los mismos les son debidos y no han sido satisfechos.
Por su parte el número 2 de los citados artículos establece que presentada la reclamación se requerirá al deudor para que pague dicha suma o impugne la cuenta, en el plazo de diez días, bajo apercibimiento de apremio si no pagare ni formulare impugnación.
SEGUNDO.-En el presente caso, examinada la solicitud, y visto que la misma cumple los requisitos formales, es procedente admitirla a trámite, y proceder conforme a lo dispuesto en en los ya citados artículos PARTE DISPOSITIVA
ACUERDO:
1.- Admitir la trámite la cuenta presentada por el Letrado D. ANTONIO SÁNCHEZ
PASTORIL.
2.- Requerir al deudor DON CARLOS ORTÍZ MARTÍNEZ, con traslado de la cuenta, para que en el plazo de diez días pague la cantidad de 2.006,62 euros, o impugne la cuenta.
3.- Apercibir al poderdante de que si no procediere al pago, ni formulare oposición, se procederá a su exacción por la vía de apremio.
MODO DE IMPUGNACIÓN: Recurso de reposición en el plazo de cinco días, desde su notificación ante el Secretario que la dicta.
Así lo acuerdo y firmo, doy fe.
EL LETRADO DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA
Y para que sirva de notificación al demandado CARLOS ORTIZ MARTÍNEZ
actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En JEREZ DE LA FRONTERA, a catorce de mayo de dos mil dieciocho.
EL/LA LETRADO/A DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal.
Nº 34.467


TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCIA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
EDICTO
N.I.G.: 1101244S20140002058. Negociado: I. Recurso: Recursos de Suplicación 1894/2017. Juzgado origen: JUZGADO DE LO SOCIAL Nº2 DE CADIZ
Procedimie.nto origen: Seguridad Social en materia prestacional 703/2014. Demandante:
MANUEL JESUS VALVERDE MORALES. Representante: SERAPIO MARTIN
HERNANDEZ. Demandados: INSTITUTO NACIONAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, TESORERIA GENERAL DE LA SEGURIDAD SOCIAL, COMERCIAL
DE ENCIMERAS S.L. y FRATERNIDAD MUPRESPA. Representante:EMILIO
ALVAREZ TIRADO.
D. ALONSO SEVILLANO ZAMUDIO, Letrado de la Administración de Justicia de TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA. SALA DE LO
SOCIAL SEDE SEVILLA, CERTIFICO: En el Recursos de Suplicación 1894/2017.
Negociado I, se ha dictado resolución cuyo encabezamiento y fallo son del siguiente tenor literal:
TRIBUNAL SUPERIOR DE JUSTICIA DE ANDALUCÍA
SALA DE LO SOCIAL
SEVILLA
ILMOS. SRES.:
DOÑA BEGOÑA RODRÍGUEZ ÁLVAREZ
DON FRANCISCO MANUEL DE LA CHICA CARREÑO
DON JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA
En Sevilla, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho.
La Sala de lo Social de Sevilla del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía, compuesta por los Iltmos. Sres. citados al margen, EN NOMBRE DEL REY
ha dictado la siguiente
5 de junio de 2018

SENTENCIA Nº 1495/2018
En el recurso de suplicación interpuesto por el INSTITUTO NACIONAL
DE LA SEGURIDAD SOCIAL y por la parte demandante D. Manuel Jesús Valverde Morales, contra la Sentencia del Juzgado de lo Social número 2 de los de Cádiz, Autos nº 703/2014; ha sido Ponente el Iltmo. Sr. D. JESÚS SÁNCHEZ ANDRADA, Magistrado Especialista del Orden Jurisdiccional Social.
FALLAMOS
Que debemos desestimar el recurso interpuesto por la representación Letrada del INSTITUTO NACIONAL Y TESORERÍA GENERAL DE LA SEGURIDAD
SOCIAL, contra la sentencia dictada por el Juzgado de lo Social núm. 2, de Cádiz, de fecha 12 de diciembre 2016, en virtud de demanda presentada a instancia de D.
MANUEL JESÚS VALVERDE MORALES, en reclamación de invalidez, derivada de Enfermedad Profesional, debiendo confirmar la resolución recurrida.
Notifíquese esta sentencia a las partes y al Excmo. Sr. Fiscal de este Tribunal, advirtiéndose que, contra esta sentencia, cabe recurso de casación para la unificación de doctrina, que podrá ser preparado dentro de los DIEZ DÍAS HÁBILES
siguientes a la notificación de la misma, mediante escrito dirigido a esta Sala, así como que transcurrido el término indicado, sin preparase recurso, la presente sentencia será firme.
Y para que conste y sirva de notificación a la entidad demandada COMERCIAL ENCIMERAS, S.L.. cuyo actual paradero es desconocido, expido la presente para su publicación el BOP de Cádiz.
Dado en SEVILLA, a dieciséis de mayo de dos mil dieciocho. EL LETRADO
DE LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DE LA SALA. Firmado.
Nº 34.475


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D MARÍA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 241/15, seguidos en este Juzgado a instancia de D. JOSE MARÍA MÉNDEZ MORENO y D. PEDRO JOSE
MARÍN TOBARRA contra LINEAS MARÍTIMAS EUROPEAS SL y COMARIT
ESPAÑA, S.L., sobre Cantidad, se ha dictado Decreto de fecha 5/04/16, cuya parte dispositiva es del tenor literal siguiente:
PARTE DISPOSITIVA.- ACUERDO: 1º.- Declarar al/a los ejecutado/s LÍNEAS MARÍTIMAS EUROPEAS, SL y COMARIT ESPAÑA, SL, en situación de INSOLVENCIA TOTAL por importe de 19.729,19 euros en concepto de principal, más 5.918 euros que provisionalmente se presupuestan para intereses legales y costas del procedimiento, insolvencia que se entenderá, a todos los efectos, como provisional.2º.- Archivar las actuaciones previa anotación en el Libro correspondiente, y sin perjuicio de continuar la ejecución si en lo sucesivo se conocen nuevos bienes del ejecutado.- Notifíquese la presente resolución, haciendo saber que contra la presente resolución cabe recurso directo de revisión que deberá interponerse ante quien dicta la resolución en el plazo de TRES DÍAS hábiles siguientes a la notificación de la misma con expresión de la infracción cometida en la misma a juicio del recurrente, art. 188
L.R.J.S.- LA LETRADA DE LA ADMÓN. DE JUSTICIA.-
Y para que sirva de notificación al demandado LINEAS MARÍTIMAS
EUROPEAS SL y COMARIT ESPAÑA, S.L. actualmente en paradero desconocido, expido el presente para su publicación en el BOLETÍN OFICIAL DE LA PROVINCIA, con la advertencia de que las siguientes notificaciones se harán en estrados, salvo las que deban revestir la forma de auto, sentencia, o se trate de emplazamientos.
En Algeciras, a nueve de mayo de dos mil dieciocho. LA LETRADA DE
LA ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA. Firmado.
"En relación a los datos de carácter personal, sobre su confidencialidad y prohibición de transmisión o comunicación por cualquier medio o procedimiento, deberán ser tratados exclusivamente para los fines propios de la Administración de Justicia ex Ley Orgánica 15/99, de 13 de diciembre, de protección de datos de carácter personal".
Nº 34.481


Juzgado de lo Social Algeciras EDICTO
D MARÍA DOLORES MORENO ROMERO, LETRADA DE LA
ADMINISTRACIÓN DE JUSTICIA DEL JUZGADO DE LO SOCIAL ÚNICO DE
ALGECIRAS.
HACE SABER: Que en los autos de Ejecución nº 185/15, seguidos en este Juzgado a instancia de la parte actora MUTUA DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y
ENFERMEDADES PROFESIONALES DE LASEGURIDAD SOCIAL Nº 115, MUTUA
DEANDALUCÍAY DE CEUTA CESMA contra INSS, TGSS y LÓPEZ ORTEGA
MANTENIMIENTO INDUSTRIAL SL sobre Cantidad, se ha dictado Auto y Decreto de fecha 27/10/15, cuyos encabezamientos y partes dispositivas, son del tenor literal siguiente:
AUTO.- En Algeciras, veintisiete de octubre de dos mil quince.- PARTE
DISPOSITIVA.- S.S. Iltma. DIJO: Procédase a la ejecución solicitada por MUTUA
DE ACCIDENTES DE TRABAJO Y ENFERMEDADES PROFESIONALES DE
LA SEGURIDAD SOCIAL Nº 115, MUTUA DE ANDALUCÍA Y DE CEUTA
CESMA, contra LÓPEZ ORTEGA MANTENIMIENTO INDUSTRIAL, SL , por la cantidad de 34.814,63 euros en concepto de principal, más la de 10.444 euros calculados para intereses y costas.- De resultar Insolvente la empresa ejecutada y conforme a lo establecido en la sentencia que se ejecuta, continúese frente al INSS
y TGSS, que deberán ser requeridas para el abono de dicha cantidad.- Notifíquese a las partes, haciéndoles saber que en aplicación del artículo 53.2 de la LJS, en el primer escrito o comparecencia ante el órgano judicial, las partes o interesados, y en su caso

Acerca de esta edición

Diario Oficial de la Provincia de Cádiz del 5/6/2018

TitreDiario Oficial de la Provincia de Cádiz

PaysEspagne

Date05/06/2018

Page count15

Edition count6024

Première édition02/01/2001

Dernière édition27/06/2024

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