Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 05/03/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.664
Salta, martes 5 de marzo de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

las tecnologías de información y comunicaciones TIC.
Que al respecto, vale señalar que mediante la Ley Nº 7.850 de fecha 11/11/2014, la Provincia de Salta adhiere a la Ley Nº 25.506 - Empleo de la firma electrónica y la firma digital, la cual fuera reglamentada conforme Decreto Reglamentario Nº 573/18, cuyo artículo 4º autoriza la utilización de expedientes electrónicos, comunicaciones electrónicas y constitución de domicilios electrónicos para todos los procesos administrativos que se tramitan ante el Poder Judicial y el Ministerio Público de la provincia de Salta, con idéntica eficacia jurídica y valor probatorio que sus equivalentes en soporte papel o físico.
Que mediante Resolución ENTE Nº 556/20, se estableció un sistema provisorio de notificaciones electrónicas con EDESA S.A y Co.S.A.ySa, durante el confinamiento dispuesto en la Emergencia Sanitaria por la pandemia COVID 19.
Que a través de la firma del Acta Acuerdo ENTE-EDESA/COSAYSA, de fecha 16/11/2021, se implementa la Notificación electrónica de SUBSIDIOS, la cual se encuentra vigente a la fecha del dictado de la presente y resulta complementaria y de obligatorio cumplimiento.
Que el Ente Regulador a través de la Resolución Nº 1200/23 efectuó la revisión y actualización del Reglamento Procedimental para el tratamiento de Reclamos y en su artículo 3 inciso d denominado Requisitos a los fines de la interposición de Reclamos, dispone que el reclamante deberá aportar dirección de correo electrónico para efectuar notificaciones digitales siendo legales y vinculantes todas las notificaciones y comunicaciones que en el mismo se practiquen. Tales actuaciones han contado con el debido procedimiento de participación ciudadana en su difusión, formulación y con los debidos aportes del Consejo de Usuarios del ENTE.
Que la ley Nº 8072 y Decreto Reglamentario Nº 1319/18 de la Provincia de Salta, denominada Sistema de Contrataciones de la Provincia, en su artículo 11 Contrataciones en formato digital, indica que se considerarán válidas las notificaciones en formato digital, mediante procedimientos regulados para cada caso en la reglamentación y en los pliegos o la documentación que haga sus veces. Siendo pertinente las resoluciones dictadas por el Ente para tales fines.
Que en orden a ello, la Gerencia de Calidad y Articulación entiende oportuno incorporar a los lineamientos de calidad del organismo, la notificación electrónica obligatoria para las empresas EDESA S.A. y Co.S.A.ySa y, en carácter de transitoria y progresiva para los usuarios de los servicios públicos de la provincia de Salta.
Que en virtud de tal incorporación corresponde definir al domicilio electrónico como el lugar-espacio o casillero virtual que la parte involucrada en un proceso constituye a fin de recibir las notificaciones que allí cursen, pero con la característica de que es intangible y no físico.
Que las acciones antes mencionadas requieren de la constitución de domicilios electrónicos para el cumplimiento de obligaciones y el ejercicio de los derechos de los ciudadanos frente a la Administración Pública.
Que resulta necesario crear una casilla de mail para ser utilizada como receptora de información en el sector de Mesa de Entradas denominada mesadeentradas@ente.gob.ar, la misma funcionará en las PC de los agentes que se desempeñan en Mesa de Entradas, siendo su responsabilidad controlar diariamente el ingreso y registración de la información remitida a dicha casilla.
Que es necesario establecer el domicilio electrónico, a los fines administrativos, para lo cual ambas empresas deben tener registrado el mismo en el Ente Regulador, con
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 05/03/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date05/03/2024

Page count60

Edition count2023

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Dernière édition15/07/2024

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