Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 25/01/2024

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 21.639
Salta, jueves 25 de enero de 2024

Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020

Subsecretarías, Juzgados de Minas, y todo otro organismo estatal y/o privado afín a la materia. Acogerse a los beneficios de las leyes de inversiones mineras, de promociones tanto mineras como industriales; solicitar inscripciones en registro oficiales habilitados a los fines antedichos, así como las pertinentes presentaciones, nacionales o provinciales que correspondieren. Contratar por sí o por terceros la realización de trabajos geológicos, geofísicos, perforaciones, trabajos de laboratorio, elaboración de estudios y/o análisis geoquímicos en general, como así también realizar trabajos de consultaría y asesoramiento en los temas atinentes a la materia minera y actividades mineras. Puede comprar, vender, permutar y usufructuar bienes muebles, registrables o no, e inmuebles siempre para ser utilizados y/o destinados al cumplimiento del objeto social minería. Importar y/o exportar y/o realizar todo tipo de trámites vinculados con materias primas en general vinculados a la minería y minerales y/o productos refinados a partir de minerales, concentrados y/o sus derivados. Presentarse por sí o por terceros en licitaciones y/u otorgamientos de concesiones y/o permisos de exploración y/o explotación minera, ofertando cualquiera sea el sistema elegido a nivel nacional o provincial, público o privado. Realizar peritajes, informes y dirimir conflictos vinculados a la minería, evaluación de reservas y trabajos de exploración minero-geológico. Operar proyectos de prospección y/o exploración de todo tipo de minerales. Llevar a cabo la concentración y/o refinación y/o distribución y/o comercialización y/o compra venta y/o explotación y/o importación de rocas de aplicación, concentrados de minerales y/o minerales, sus derivados, sustitutos, similares o afines.
Construcción, montaje y operación en tierra o agua de instalaciones de perforación, exploración y bombeo e instalaciones y estructuras para la extracción, explotaciones subterráneas o a cielo abierto siempre vinculados a la actividad minera, laboratorios, estaciones meteorológicas, plantas de proceso y beneficio de minerales, de elaboración y procesamiento de productos relacionados con la actividad minera, almacena-miento, carga y descarga de toda clase de productos y toda otra construcción, montaje y operación necesaria para la consecución del objeto social minería. Contratación, subcontratación y/o ejecución a su cargo de prospección, exploración, construcción, operación y explotación de todo tipo de derechos mineros, adquisición, enajenación, obtención en arrendamiento o locación, leasing, usufructo o de cualquier otro modo, de infraestructura, maquinaria, equipamiento, bienes muebles e inmuebles y servicios relacionados con las actividades descriptas precedentemente, registración y explotación de marcas de fábrica, patentes y diseños industriales relacionados con la actividad minera. Inversiones por compra venta y/o adquisición por cualquier razón o título oneroso, así como la transmisión por permuta, compra venta o dación en pago de concesiones o propiedades mineras, bienes inmobiliarios, mobiliarios, títulos, bonos, acciones, cédulas, debentures, letras y papeles de comercio y demás bienes que resulten de sus inversiones y/o adquisiciones incluida la realización de inversiones financieras inmobiliarias y mobiliarias vinculadas a la actividad minera y/o al objeto de la sociedad minería. Quedan expresamente excluidas operaciones y negocios comprendidos en las leyes de entidades financieras. A tales fines la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto.
Capital Social: El capital es de pesos dos millones $ 2.000.000, representado por veinte mil 20.000 acciones ordinarias, nominativas no endosables, clase A, de pesos cien $ 100,00
cada una, y de cinco 5 votos por acción, las que se suscriben de la siguiente manera: A
Tomás Manuel Heredia: 6.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, integrando el 25% por ciento de su suscripción, o sea la suma de $ 150.000.-; B Teodoro Guillermo Gimeno suscribe 6.000 acciones ordinarias nominativas no endosables, integrando el 25% de
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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 25/01/2024

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date25/01/2024

Page count22

Edition count2042

Première édition04/01/2016

Dernière édition09/08/2024

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