Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/07/2021
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 21.021
Salta, viernes 2 de julio de 2021
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
dictamina que, atento a que el artículo 76 de la Ley Nº 5.348 de Procedimientos Administrativos de la Provincia de Salta establece que en cualquier momento podrán rectificarse de oficio los errores materiales y los aritméticos, siempre que la enmienda no altere lo sustancial del acto, corresponde el dictado del instrumento legal pertinente, por el cual se viabilice lo gestionado en autos;
Por ello, de conformidad con las disposiciones del Decreto Nº 41/95 y su modificatorio Nº 1.575/08 y en uso de las facultades delegadas por Decreto Nº 1.595/2012;
LA MINISTRA DE DESARROLLO SOCIAL
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Rectificar parcialmente los artículos 2º de la Resolución Nº 207/2021 del Ministerio del rubro y del Decreto Nº 417/2021, dejando establecido que donde dice DENI
SOSA debe leerse NUES DEMY SOSA.
ARTÍCULO 2º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Figueroa Fechas de publicación: 02/07/2021
OP N: SA100038568
SALTA, 28 de Junio de 2021
RESOLUCIÓN DELEGADA Nº 332 D
MINISTERIO DE SEGURIDAD
Expediente Nº 0140295-68549/2021-0
VISTO la renuncia presentada por el Sr. Matias Carrion De Vita, DNI Nº 36.345.956, agente de Planta Permanente, dependiente del Sistema de Emergencias 9-1-1
del Ministerio de Seguridad, a partir del 08 de marzo de 2021, por razones particulares; y, CONSIDERANDO:
Que conforme lo informado a fs. 01 y 12, el citado agente no posee Bienes Patrimoniales del Estado a su cargo, ni registra sumario administrativo alguno;
Que a fs. 04, el renunciante por voluntad propia expresa que no son sus deseos someterse al examen médico de egreso previsto en la normativa reglamentaria de la Ley Nº 24.557 Decreto Nacional Nº 1.338/96, artículo 9º, Resolución SRT Nº 43/97, art. 6º y Decreto Nº 1.901/09, por lo que deberá dejarse expresa constancia de ello, deslindando todo tipo de responsabilidad por parte de la Institución en caso de surgir alguna novedad con respecto a su salud;
Que habiendo tomado intervención el Departamento Jurídico de la Subsecretaría de Personal de la Provincia, se expide la viabilidad de lo solicitado;
Que por Decreto Nº 1.595/12, con arreglo a lo dispuesto en las Leyes Nº 8.053/17 y Nº 5.348/78 de Procedimientos Administrativos, el titular del Poder Ejecutivo delega al Secretario General de la Gobernación y Ministros de las respectivas carteras, la competencia referente a la aceptación de renuncias de los agentes de la Administración Pública Provincial;
Por ello, EL MINISTRO DE SEGURIDAD
RESUELVE:
ARTÍCULO 1º.- Aceptar con vigencia al 08 de marzo de 2021, la renuncia del Sr. MATIAS
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