Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 02/12/2020
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 20.879
Salta, miércoles 2 de diciembre de 2020
Seguridad, atento los fundamentos invocados en el considerando precedente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Seguridad y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Pulleiro - Posadas
Fechas de publicación: 02/12/2020
OP N: SA100036894
SALTA, 27 de Noviembre de 2020
DECRETO Nº 808
MINISTERIO DE INFRAESTRUCTURA
VISTO el Convenio de Asistencia Financiera celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento ENOHSA y la Provincia de Salta; y, CONSIDERANDO:
Que el citado Ente es un organismo descentralizado actuante en la órbita de la Secretaría de Infraestructura y Política Hídrica del Ministerio de Obras Públicas de la Nación, que ejecuta las políticas formuladas para el desarrollo de los servicios de provisión de agua y de saneamiento en general;
Que por conducto del mencionado Convenio, ENOHSA se compromete a asistir financieramente a la Provincia para la ejecución de los setenta y seis 76 proyectos enunciados en su Anexo;
Que las Partes, acuerdan suscribir los Acuerdos Específicos que resulten necesarios a los fines de implementar las acciones tendientes al cumplimiento del objeto del Convenio de Asistencia Financiera;
Por ello, en ejercicio de las potestades conferidas por el artículo 144 inciso 1º, de la Constitución Provincial, y lo previsto en los artículos 1º y 4º de la Ley Nº 8.171, EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA DE SALTA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Apruébase el Convenio de Asistencia Financiera celebrado entre el Ente Nacional de Obras Hídricas de Saneamiento, representado por su Administrador, Dr. Enrique
Tomás Cresto, y la Provincia de Salta, representada por el suscripto, el que como Anexo forma parte integrante del presente.
ARTÍCULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el señor Ministro de Infraestructura, y por el señor Secretario General de la Gobernación.
ARTÍCULO 3º.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial y archívese.
SÁENZ - Camacho - Posadas VER ANEXO
Fechas de publicación: 02/12/2020
OP N: SA100036886
SALTA, 27 de Noviembre de 2020
Decreto Reglamentario N 571/2020 del 28/08/2020
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