Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 30/05/2018

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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta

Edición N 20.271 - Salta, Miércoles 30 de Mayo de 2.018

localidad de Embarcación, hijo de Elizabet Pistone; por, considerarlos coautores del delito de TENENCIA ESTUPEFACIENTES CON FINES DE COMERCIALIZACIÓN previsto y reprimido por el Art. 5 inc. C de Ley Nº 23.737 conforme Ley Nº 26.939 - S -1644, a la pena de CUATRO
AÑOS DE PRISIÓN de EJECUCIÓN EFECTIVA, y accesorias legales en virtud de lo dispuesto en el Art. 12, 19, 40 y 41 del C.P., y el Art. 485 del C.P.P.. e imponiéndoles a MIGUEL QUISPE
SANTOS HIPOLITO QUISPE la multa de 1.000 peso un mil y a HECTOR RAMON, ANDRES PISTONE la multa de 500 quinientos. 2º OFICIAR a Jefatura de Policía y al Registro Nacional de Reincidencias, al Juzgado de Ejecución de Pena comunicando el presente fallo para su toma de razón una vez firme. 3º ORDENAR que, MIGUEL QUISPE; SANTOS HIPOLITO QUISPE y HECTOR RAMON ANDRES PISTONE, sea trasladado hacia la U.C. Nº 5 para su alojamiento, LÍBRENSE los oficios respectivos. 4º FÍJASE AUDIENCIA para el día 07/11/16 a Hs. 12:30 para dar lectura a los fundamentos del presente veredicto. 5º Ordenar la transferencia y/o depósito de los fondos secuestrados a la cuenta de la Tesorería del Poder Judicial del Banco Macro cuenta Nº 3-100-0004300991-4, que el poder ejecutivo destine para afrontar la tarea de prevención y asistencia de los afectados por el consumo de estupefacientes todo ello en virtud de lo dispuesto en el Art. 25 de la Ley Nº 7838. Librándose los oficios correspondientes a la Contadora Cortese informando la transferencia mencionada, una vez firme el presente fallo. 6º OFÍCIESE al CIF a fin de que proceda a remitir las sustancias secuestrada en autos al Depósito de Secuestro de Salta a los fines de su destrucción y decomiso, todo ello en virtud del Art. 25 de la Ley Nº 7.838. Libérense oficio al Ministerio Público que disponga de los medios a los fines que se proceda a la destrucción de la sustancia en poder. 7º DISPONER que los elementos secuestrados restantes en la presente causa queden a disposición de la Fiscalía de Embarcación, debiendo actuar de conformidad con el Art. 609 y cctes. del C.P.P. 8º QUEDAN notificadas las partes. 9º REGÍSTRESE, PROTOCOLÍCESE, NOTIFÍQUESE, OFÍCIESE".
Dr. Nelson Aramayo, JUEZ - Dr. Martin Cobos Herrera, SECRETARIO
Recibo sin cargo: 100007902
Fechas de publicación: 30/05/2018
Sin cargo OP N: 100066276

SUCESORIOS
La Dra. Bibiana Acuña de Salim, Jueza de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 10.a Nominación, Secretaría de la Dra. Carolina Van Cauwlaert, en los autos caratulados: ILLESCA, INDALECIO; MONTENEGRO, LIDIA POR SUCESORIO - EXPTE. Nº 1-577961/16, cita a todos los que se consideren con derecho a los bienes de esta sucesión, ya sea como herederos o acreedores, para que dentro de los treinta días los acrediten cfr. Art. 2340 C.C. y C., bajo apercibimiento de lo que hubiere lugar por ley. Publíquese por un día en el diario de publicaciones oficiales.
Salta, 22 de febrero de 2018.
Dra. Victoria Malvido Chequin, SECRETARIA
Factura de contado: 0001 - 00077173

Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15

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Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 30/05/2018

TitreBoletín Oficial de la Provincia de Salta

PaysArgentine

Date30/05/2018

Page count62

Edition count2025

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Dernière édition17/07/2024

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