Boletín Oficial de la Pcia. de Salta del 17/02/2016
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Source: Boletín Oficial de la Provincia de Salta
Edición N 19.721 - Salta, Miércoles 17 de Febrero del 2016
Emergencias 9-1-1, a partir de la fecha dispuesta en el artículo anterior y mientras dure su desempeño en el cargo mencionado. ARTÍCULO 3º.3º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Sistema de Emergencias 9-1-1-del Ministerio de Seguridad, ejercicio vigente.
ARTÍCULO 4º.4º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Segundad.
ARTÍCULO 5º.5º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar. Parodi - Cornejo DAndrea
Fechas de publicación: 17/02/2016
OP N: SA100013644
Salta, 3 de Febrero de 2016
DECISIÓN ADMINISTRATIVA Nº 633
MINISTERIO DE SEGURIDAD.SEGURIDAD.VISTO el inicio de una nueva gestión de gobierno y la necesidad de cubrir el cargo de Jefe de Programa Sistema de Información de la Agencia de Modernización, dependiente del Ministerio de Seguridad; y, CONSIDERANDO:
Que procede a designar al Sr. Eduardo Gustavo Ozu, para el desempeño del cargo mencionado precedentemente;
Que la presente designación tiene carácter de Autoridad Superior del Poder Ejecutivo -Fuera de Escalafón-;
Por ello, con arreglo a lo dispuesto por el Artículo 20º, inciso 3 de la Ley Nº 7.905 y lo establecido por el Artículo 1o del Decreto Nº 140 de fecha 15 de diciembre de 2.015;
EL MINISTRO JEFE DE GABINETE
DECIDE:
ARTÍCULO 1º.1º Designar al Sr. EDUARDO GUSTAVO OZU, D.N.I. Nº 21.480.993, 21.480.993 en el cargo de Jefe de Programa Sistema de Información de la Agencia de Modernización dependiente del Ministerio de Seguridad, a partir del 11 de diciembre de 2.015, con una remuneración equivalente a Director.
ARTÍCULO 2º.2º.- Dejar establecido que el gasto que demande el cumplimiento de la presente deberá imputarse a la partida respectiva y al Curso de Acción correspondiente al Ministerio de Seguridad, ejercicio vigente ARTÍCULO 3º.3º.- La presente decisión será refrendada por el señor Ministro de Seguridad.
ARTÍCULO 4º.4º.- Comunicar, publicar en el Boletín Oficial y archivar.
Parodi - Cornejo DAndrea
Fechas de publicación: 17/02/2016
Ley Nacional N 25.506 - Ley Provincial N 7.850 - Disposiciones Boletín Oficial N 374/15 y 375/15
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