Boletín Oficial de la República Argentina del 12/07/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.209 - Segunda Sección
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Miércoles 12 de julio de 2023

forma legal de actuar conjuntamente con otra suciedad o firma; iii Celebración de contratos relevantes entendiéndose por tales aquellos cuyo monto supere el que anualmente establezca al efecto la reunión de socios.
No se encuentran incluidos en esta limitación los contratos de venta de servicios propios del objeto social, los que podrán ser celebrados individualmente por cada socio gerente; iv para endeudar a la Sociedad por una suma mayor a la que anualmente determine al efecto la reunión de socios; v para suscribir pagarés, letras de cambio y otros títulos de crédito, u otorgar fianzas o avales, que obliguen a la Sociedad. Los socios gerentes tienen prohibido comprometer a la Sociedad en actos extraños al objeto social, o dar fianzas o avales a favor de terceras personas por razones ajenas a las actividades sociales. La sociedad podrá disponer por el voto de la mayoría de sus socios que todos o algunos de los socios gerentes se desempeñen en relación de dependencia. La garantía que prestarán los socios gerentes será de pesos $10.000 o su equivalente, o el mayor importe que pudiera exigir la normativa vigente al momento de cada designación. Dicha garantía deberá consistir, a opción de cada administrador, en bonos, títulos públicos, sumas de moneda nacional o extranjera depositadas en entidades financieras o cajas de valores a la orden de la sociedad; o en fianzas o avales bancarios o seguros de caución o de responsabilidad civil a favor de la sociedad, cuyo costo deberá ser soportado por cada administrador. En ningún caso se podrá constituir la garantía mediante el ingreso directo de los fondos a la caja social. Cuando la garantía consista en depósitos de bonos, títulos públicos o sumas de moneda nacional o extranjera, las condiciones de su constitución deberán asegurar su indisponibilidad mientras esté pendiente el plazo de prescripción de eventuales acciones de responsabilidad. Autorizado según instrumento privado Acta de Reunion de Socios de fecha 30/12/2021
THOMAS ALEXANDER SZERMAN FALCON - T: 129 F: 574 C.P.A.C.F.

e. 12/07/2023 N53218/23 v. 12/07/2023

PWC SERVICIOS DEARGENTINAS.R.L.

CUIT 30716588269. Por reunión de socios del 01/07/2022 por unanimidad: 1 Se aprobó la cesión de 300 cuotas de José María Segura, DNI 22616425, CUIT 20226164252, a favor de Leandro Matías Romano DNI 28483404, CUIT
20284834040. 2 Se designó como socio-gerente Clase A por tiempo indeterminado a Leandro Matías ROMANO
para incorporarse a la Gerencia, quien aceptó el cargo y fijó domicilio especial en Hipólito Bouchard 557 Piso 8
C.A.B.A. 3 Se reformó el artículo quinto Capital del Contrato Social, quedando redactado: ARTICULO QUINTO:
CAPITAL: El capital de la Sociedad se fija en $50.000 pesos cincuenta mil y se halla dividido en 5.000 cuotas con derecho a un voto por cuota, y de $10 pesos diez de valor nominal cada una, distribuidas de la siguiente manera:
i 4.600 cuatro mil seiscientas cuotas Clase A, a saber: Santiago José Mignone: 500 cuotas; Carlos Martín Barbafina: 500 cuotas; Gabriel Rolando Martini: 500 cuotas; Miguel Ángel Urus: 300 cuotas; Norberto Fabián Montero: 300 cuotas; Marcelo Pablo De Nicola: 500 cuotas; Juan Carlos Ferreiro: 300 cuotas; José María Segura:
300 cuotas; Mario Ángel Julio: 500 cuotas; Sergio Luis Testoni: 300 cuotas; Reinaldo Sergio Cravero: 300 cuotas y Leandro Matías Romano: 300 cuotas; ii 200 doscientas cuotas Clase B de titularidad de Eduardo Marcelo Gil Roca y iii 200 doscientas cuotas Clase C de titularidad de Enzo Italo Taibi. Los socios suscriben la totalidad del capital en este acto e integran el 25% del mismo en efectivo, debiendo integrar el saldo remanente dentro del plazo de dos años desde la inscripción en el Registro Público. 4 Se reformó el artículo noveno del Contrato Social, quedando redactado: ARTÍCULO NOVENO: Administración. La administración y representación de la Sociedad estará a cargo de la Gerencia, conformada por la participación de la totalidad de los Socios profesionales de cada una de las incumbencias: Socios - Gerentes Clase A: Carlos Martín BARBAFINA, D.N.I 17.341.756; Reinaldo Sergio CRAVERO, D.N.I 25.061.783; Marcelo Pablo DE NICOLA, D.N.I 17.367.950; Juan Carlos FERREIRO, D.N.I 20.349.498;
Mario Ángel JULIO, D.N.I 22.709.475; Gabriel Rolando MARTINI, D.N.I 16.054.191; Santiago José MIGNONE, D.N.I
17.119.447; Norberto Fabián MONTERO, D.N.I 14.851.358; Leandro Matías ROMANO, D.N.I. 28.483.304; José María SEGURA, D.N.I 22.616.425; Sergio Luis TESTONI, D.N.I 16.474.760; Miguel Ángel URUS, D.N.I 17.781.536; Socio Gerente Clase B: Eduardo Marcelo GIL ROCA, D.N.I 21.477.116 y Socio - Gerente Clase C: Enzo Ítalo TAIBI, D.N.I
20.573.026.Su designación será por tiempo indeterminado mientras dure su calidad de socios, sin perjuicio de la revocación de su designación por el voto de la mayoría de los socios. La designación y la remoción deberán ser publicadas e inscriptas en el Registro Público. La Gerencia organizada como colegio, sesionará con la mayoría absoluta de los Gerentes de cada una de las clases y resolverá de la siguiente manera: a En las cuestiones que no estén reservadas por la ley a profesionales con título habilitante, con la mayoría absoluta de miembros presentes;
b En los asuntos relacionados con temas técnicos que por ley sean de incumbencia exclusiva de profesionales con título habilitante, las resoluciones se tomarán con el voto de la totalidad de los gerentes electos por la clase a la que incumba el tema. Dichas decisiones deberán quedar claramente documentadas en el acta correspondiente y no podrán ser alteradas o restringidas por la gerencia ni por la Reunión de Socios, la que se limitará a aprobar o desaprobar la gestión de los gerentes, conforme con lo establecido por el Contrato Social; c En las materias en las que la actuación entre los profesionales sea indistinta, las resoluciones serán tomadas por el voto de la mayoría absoluta de los miembros presentes, sin distinción de clases. En el supuesto de que el número de Socios-Gerentes integrantes de la Gerencia, excediera la cantidad de ocho, la Reunión de Socios designará anualmente, de entre sus miembros, a tres de ellos, uno por cada Clase, que actuarán por delegación como Gerentes Delegados, y

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 12/07/2023 - Segunda Sección

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PaysArgentine

Date12/07/2023

Page count106

Edition count9381

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/07/2024

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