Boletín Oficial de la República Argentina del 24/03/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.136 - Segunda Sección
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Jueves 23 de marzo de 2023

30%, Comisión 3%, Arancel CSJN 0,25%, Sellado ley, en dinero en efectivo y en el acto del remate. El saldo de precio consistente en el 70% restante deberá ser abonado dentro del quinto día de aprobado judicialmente el remate, sin interpelación previa del Tribunal. Los gastos que se devenguen en concepto de honorarios, sellados, impuestos y otros -aún aquellos que pudieren estar a cargo de la parte vendedoraque tengan directa vinculación con las transferencias de dominio a realizarse oportunamente a favor del adquirente en pública subasta, incluyendo entre otros, a las diligencias tendientes a la inscripción registral del bien, o al levantamiento de medidas cautelares, estarán a cargo exclusivamente del comprador, quien deberá constituir domicilio en el radio de CABA. El comprador no será responsable por las deudas que registre el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas, con anterioridad a la toma de posesión del bien, incluidas las eventuales deudas por expensas. Asimismo, se hará saber para su oportunidad, que será inoponible cualquier incidente de todo tipo y naturaleza por parte de los eventuales adquirentes sin previo pago depósito oportuno de la integridad del precio de venta de los bienes raíces. El precio de venta será abonado de la siguiente manera: a El 30% del precio de compra será abonado en concepto de seña, a la firma de los boletos de compraventa en el acto del remate, en efectivo o mediante cheque certificado sobre banco de plaza, a la orden del Banco de la Cdad. de Buenos Aires, Sucursal Tribunales. b El saldo de precio consistente en el 70% restante deberá ser abonado dentro del quinto día de aprobado judicialmente el remate, sin interpelación previa del Tribunal. Se pone en conocimiento del eventual adquirente, que la posesión será otorgada luego de la integración del saldo del precio en la forma precedentemente dispuesta y dentro de los 5 días subsiguientes a ello, por medio de mandamiento en el que actuará el síndico como Oficial de Justicia AdHoc, con las facultades de estilo, bajo apercibimiento de lo previsto por el art. 255 L.C., quedando facultado el auxiliar a hacerlo mediante acta labrada al efecto. Asimismo, deberá materializar la traslación de dominio a su favor en un plazo no mayor a 30 días, bajo apercibimiento de aplicar astreintes que se fijan en el 0,50% diario del valor de compra, debiendo el síndico informar el cumplimiento del presente, ello sin perjuicio de las acciones legales que se pudieren iniciar. Es responsabilidad del rematador asegurar la regularidad del acto público, de manera que ningún postor sea impedido u obstaculizado de su posibilidad de ofertar, disponiendo personal adecuado al efecto. Se deja establecido que se encuentra terminantemente prohibido la compra en comisión y la cesión del boleto de compraventa, atento el carácter publicístico del presente proceso. Asimismo, y en virtud de la Acordada 24/00, hará saber en los edictos a publicarse que el adquirente deberá abonar el arancel de 0.25% del precio de venta, dispuesto en esa norma. Sin perjuicio de lo dispuesto precedentemente, hágase saber a los interesados que, a los fines de tomar conocimiento de las condiciones de venta, podrán consultar por internet en la página http
cncom.pjn.gov.ar o www.pjn.gov.ar las constancias del expediente. Exhibición: días Lunes 10 y Martes 11 de Abril 2023 de 9:30 a 11:00 horas. Para concurrir a los remates el público previamente deberá inscribirse a través de la web del Alto Tribunal www.csjn.gov.ar ingresando al link Oficina de Subastas-Tramites: turnos registro y deberá presentarse el día y hora asignado en Jean Jaures 545 PB, CABA, con el formulario que indica el sitio aludido. Cuit del fallido: 23-10088716-9. Buenos Aires, 22 de marzo de 2023. FIRMADO: DR. FEDERICO H. CAMPOLONGO, SECRETARIO. JAVIER J. COSENTINO, JUEZ SUBROGANTE Juez - FEDERICO CAMPOLONGO SECRETARIO

e. 23/03/2023 N18732/23 v. 27/03/2023

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 46 - SECRETARÍA ÚNICA

En Buenos Aires, a los 20 dias del mes de marzo de 2023, en el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil Nº46 sito en Av. De los Inmigrantes 1950 4 piso de Capital Federal, a cargo del Juez Dr. FERNANDO PABLO
CHRISTELLO, Secretaría Única a cargo de Ariel Gonzalez Arieta, comunica en los autos caratulados GRASSI, RODOLFO ADALBERTO C/ NAVARRO, PABLO IVAN Y OTRO S/EJECUCION HIPOTECARIA Expte. 9691/2018 que el Martillero Roberto M.Plorutti T.E. 1158789958, rematará al contado y al mejor postor el día 10 de Abril de 2023 a las 12 hs en Jean Jaures 545 3 de Capital Federal, el inmueble sito en Maestro Álvarez 2.061 Unidad Funcional Nº2
de la Planta Baja y Primer Piso designado como Lote uno d. de la manzana 20 matricula 1571/2 polígono 00-02
y 01-02 San Fernando Provincia de Buenos Aires, que según constatación me informa el Sr. Navarro que vive allí junto a su Esposa Alejandra Larrea y dos hijas, 1 mayor Agustina Arias Larrea y una menor Inés Navarro Larrea, las que no se hallaban en ese momento. La casa se compone de dos plantas en Dúplex, la Planta Baja consta de living comedor, cocina comedor, toilet y patio y en 1 piso un estar y 2 habitaciones con un baño. El Sr. Navarro me informa que es el propietario del inmueble. Base U$S40.000.Seña 30%, Comisión 3% más IVA, 0,25% según acordada 10/99 y sellado de ley.- El saldo de precio deberá ser depositado en el Bco. De la Nación Argentina Suc. Tribunales a la orden de este juzgado dentro de los cinco días de aprobada la subasta en los términos del art. 580 del CPCC. Los interesados que deseen participar del remate deberán atenerse al Protocolo de Subastas Presenciales aprobado por la C.S.J.N, al que podrá accederse consultando el siguiente link: https subastas.csjn.
gov.ar/ofisubastas/files/protocolo.Registra deudas: informe del Registro de la Propiedad Inmueble de fs. 92/103;
de ARBA de fs. 57/63 de la Municipalidad de San Fernando de fs. 54/6, de Aguas Argentinas de fs. 52/3. Asimismo, en atención a lo resuelto por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil en el fallo plenario recaído en autos Servicios Eficientes S.A. c/Yabra, Roberto Isaac s/ejecución hipotecaria, no corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones,

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 24/03/2023 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date24/03/2023

Page count112

Edition count9389

Première édition02/01/1989

Dernière édition12/07/2024

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