Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2023 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.105 - Segunda Sección
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Lunes 6 de febrero de 2023

EDICTOS JUDICIALES

CITACIONES Y NOTIFICACIONES. CONCURSOS Y QUIEBRAS. OTROS
NUEVOS

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 2

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 1, a cargo como Juez del Dr. Alberto Alemán, Secretaría Nº 2, a cargo del Dr. Juan Pablo Sala, sito en Av. Roque Sáenz Peña 1211, 5º piso de esta Capital Federal, comunica por cinco días que con fecha 16/12/22 se decretó la quiebra de MULTILACS.R.L.S/QUIEBRA, Expediente Nro. 7739/2022, en la que se designó síndico al Ctdor. Mariano Enrique Casimiro, con domicilio en Tte Gral. Perón 1143 piso 2 O. 34, de esta capital, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día31/03/23. Se fijan los días 17 de mayo y 3 de julio de 2023, para que el Síndico presente los informes previstos por los arts. 35 y 39 de la Ley 24.522, respectivamente.
Hácese saber que: a Se prohíben los pagos y entrega de bienes al fallido, so pena de considerarlos ineficaces y b Se intima a quienes tengan bienes y documentación del fallido para que los pongan a disposición del síndico en cinco días.c Intímase al fallido para que en el plazo de 48 horas constituya domicilio dentro del radio del Juzgado, bajo apercibimiento de tenerlo por constituído en los Estrados del Juzgado. art. 88, inc. 7º L.C.. Buenos Aires, de 2023. Juan Pablo Sala Secretario

e. 06/02/2023 N5249/23 v. 10/02/2023

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 18 - SECRETARÍA NRO. 36

Se informa que en los autos: Consumidores Financieros Asociación Civil p/su Defensa c/Tarshop S.A. y otros s/ordinario Expte. Nº7484/13, en trámite ante el Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial N 18, Secretaría N 36, Consumidores Financieros Asociación para su Defensa y Asociación Civil Usuarios y Consumidores Unidos por una parte; y Banco HipotecarioS.A. en su carácter de continuador legal de TarshopS.A.
en adelante BHSA y Red MarquezS.A. por la otra parte; arribaron a un acuerdo en adelante el Acuerdo en virtud del cual BHSA, sin reconocer hechos ni derechos y con carácter transaccional, otorgará a favor de los ex clientes de Tarshop S.A. que hubiesen pagado el monto correspondiente al cargo de Gestión de Cobranza liquidado por dicha sociedad emisora de la tarjeta de crédito Tarjeta Shopping, entre el 1 de enero de 2010 y el 2 de septiembre de 2019 en adelante los Consumidores Alcanzados , los siguientes beneficios: Bonificación en Efectivo: consistente en el reconocimiento de un importe de $17,30 por cada cargo de gestión de cobranza que hubieren abonado a Tarshop durante el período arriba referido. Si el Consumidor Alcanzado fuese cliente actual de BHSA, el importe correspondiente le será directamente acreditado a través de la tarjeta de crédito o caja de ahorro de su titularidad en dicha entidad, informándosele la acreditación a través del respectivo resumen, ello dentro de un plazo de 60 días a contar de la última fecha de publicación del presente edicto. Aquellos Consumidores Alcanzados que no sean clientes actuales de BHSA, deberán contactarse con dicha entidad a través del sitio web https extranet.hipotecario.com.ar/tarshop/ReintegroGestionCobranza con el fin de informar los datos de la cuenta bancaria en que desean recibir el importe de la bonificación a su favor. Contarán al efecto con un plazo de 120 días a contar de la última fecha de publicación de edictos, vencido el cual perderán el derecho al Beneficio en Efectivo. Bonificación en Especie: BHSA proveerá a favor de los Consumidores Alcanzados un segundo beneficio consistente en una cobertura de Seguro por Accidentes Personales en adelante la Cobertura de Seguro, la cual será brindada por BHN Seguro de VidaS.A. Para acceder a este beneficio, los Consumidores Alcanzados deberán prestar expresa conformidad a través del sitio web arriba indicado, contando al efecto con un plazo de 120 días a contar de la última fecha de publicación de Edictos. El Seguro de Accidentes Personales aludido tendrá una vigencia de 2 años y se desglosa en las siguientes coberturas i fallecimiento por accidente, por la suma de $300.000 pesos trescientos mil; ii invalidez total y permanente por accidente, por la suma de $300.000 pesos trescientos mil; iii asistencia médico-farmacéutica, por la suma de $15.000 pesos quince mil; iv y una suma diaria en caso de hospitalización de $1.500 pesos mil quinientos a partir del cuarto día de hospitalización con un tope máximo de $45.000 pesos cuarenta y cinco mil. Los términos y condiciones de la Cobertura de Seguro podrán ser consultados en la misma página Web. IMPORTANTE: El Acuerdo no restringe ni limita en modo alguno el derecho de los particulares alcanzados por el acuerdo homologado de poder actuar por su propio derecho apartándose de los términos convenidos, reclamando lo que consideren que corresponda ya que lo acordado

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 06/02/2023 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date06/02/2023

Page count67

Edition count9412

Première édition02/01/1989

Dernière édition04/08/2024

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