Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2022 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 35.059 - Segunda Sección
109

Jueves 1 de diciembre de 2022

Saavedra Lamas N1480, de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego, a las penas de: a MULTA de una vez y medio el monto de la operación en infracción dólares estadounidenses dos millones quinientos catorce mil ciento cincuenta y uno con cuarenta y ocho centavos de dólar -U$S2.514.151,48 = U$S1.676.100,99 multiplicado por 1,5- que se liquidará en moneda de curso legal al tipo de cambio vendedor del Banco Nación Argentina, una vez firme la sentencia, e INHABILITACIÓN por el término de cinco años para actuar como importador, exportador, corredor de cambio o en instituciones autorizadas para operar en cambios. La parte pertinente del auto que así lo ordena dice: Azul, 28 de septiembre de 2022 4. CONDENAR a AUDIVICS.A., de las restantes datos obrantes en autos, a las penas de: a MULTA de una vez y medio el monto de la operación en infracción dólares estadounidenses dos millones quinientos catorce mil ciento cincuenta y uno con cuarenta y ocho centavos de dólar -U$S2.514.151,48
= U$S1.676.100,99 multiplicado por 1,5- que se liquidará en moneda de curso legal al tipo de cambio vendedor del Banco Nación Argentina, una vez firme la sentencia, por considerarlo autor penalmente responsable del delito sancionado por el art. 1 inc. c de la Ley 19.359, en infracción al Régimen Penal Cambiario RPC; b e INHABILITACIÓN
por el término de cinco años para actuar como importador, exportador, corredor de cambio o en instituciones autorizadas para operar en cambios; en ambos casos por resultar penalmente responsable del delito sancionado por el art. 1 inc. c de la Ley 19.359, en infracción al Régimen Penal Cambiario RPC. Con costas. Art. 2 inc. e de Ley 19.359 . Fdo. Gabriel H. Di Giulio Juez Federal. Ante mi María Julia DAloisio Secretaria.
MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA
El presente edicto deberá publicarse por el plazo de dos días en el Boletín Oficial.
MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA
GABRIEL H. DI GIULIO Juez - MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA

e. 30/11/2022 N97742/22 v. 01/12/2022

JUZGADO FEDERAL DEAZUL NRO. 1 - SECRETARÍA NRO. 3 - CRIMINAL

EDICTO JUDICIAL
Por disposición de S.S., el Sr. Juez Federal Dr. Gabriel H. Di Giulio, a cargo del Juzgado Federal de Primera Instancia Nº1 de Azul, Pcia. de Bs.As., sito en calle Profesor Rubén César De Paula Nº468, correo electrónico jfazul.secpenal3@pjn.gov.ar, teléfono 02281-431250 interno 112/108/103, en causa NºFCR 793/2020 caratulada AUDIVICS.A. Y OTRO S/ INFRACCION LEY 19.359, de trámite por ante la Secretaría Nº3 a cargo de la suscripto, se resuelve: DECLARAR EN REBELDIA a la Firma AUDIVICS.A. CUIT Nº30-59320856-3, con domicilio en calle Saavedra Lamas Nº1480, de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego. La parte pertinente del auto que así lo ordena dice: Azul, 3 de junio de 2022 1 DECLARAR EN REBELDÍA a la Firma AUDIVICS.A. CUIT Nº3059320856-3, con domicilio en calle Saavedra Lamas Nº1480 de la ciudad de Río Grande, provincia de Tierra del Fuego 3 LLÁMESE autos para sentencia. Fdo. Gabriel H. Di Giulio Juez Federal. Ante mi María Julia DAloisio Secretaria.
MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA
El presente edicto deberá publicarse por el plazo de dos días en el Boletín Oficial.
MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA
GABRIEL H. DI GIULIO Juez - MARIA JULIA DALOISIO SECRETARIA

e. 30/11/2022 N97746/22 v. 01/12/2022

JUZGADO FEDERAL NRO. 1 - SECRETARÍA ELECTORAL DENEUQUÉN

El Juzgado Federal N 1 con Competencia Electoral de Neuquén a cargo de la Dra. María Carolina PANDOLFI, Secretaria Electoral a cargo del Dr. Leonardo L. ZAGLIO BIANCHINI, CITA y EMPLAZA a la Sra. Erika Malena CRUZ
DNI N45.121.112, con último domicilio conocido en calle 2, manzana 16, casa 2 de la ciudad de Añelo, a efectos de que comparezca ante este Tribunal sito en calle Santa Fe N318 de la ciudad de Neuquén Capital, dentro de los cinco 5 días de la última publicación del presente, a fin de prestar declaración indagatoria en la causa caratulada IMPUTADO: CRUZ, ERIKA MALENA - ELECCIONES PASO 12/09/2021 s/NO CONCURRENCIA O ABANDONO
DE FUNCIONES ELECTORALES ART. 132 CEN CNE 8765/2021, bajo apercibimiento de ser declarado rebelde en caso de incomparecencia. La referida causa se inició por la presunta infracción al art. 132 del Código Electoral Nacional. Se transcribe a continuación la parte pertinente de la providencia que ordena la publicación del presente:
Neuquén, 23 de noviembre de 2022. Atento al resultado negativo de la citación cursada a Erika Malena CRUZ
DNI N45.121.112 de conformidad a lo que dispone el art. 150 del CPPN, cítese a la nombrada a prestar declaración indagatoria en estos autos por edictos que se publicarán durante cinco 5 días en el Boletín Oficial de la Nación, haciéndole saber que deberá comparecer al tribunal dentro de los cinco 5 días siguientes al de la última publicación, bajo apercibimiento de ser declarada rebelde en caso de incomparecencia
SECRETARIA ELECTORAL NACIONAL, Neuquén, 25 de noviembre de 2022.
Ana Lucía Gimenez Mehdi Prosecretaria Electoral

e. 28/11/2022 N96698/22 v. 02/12/2022

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 01/12/2022 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date01/12/2022

Page count120

Edition count9378

Première édition02/01/1989

Dernière édition01/07/2024

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