Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2019 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.153 - Segunda Sección

81

Lunes 15 de julio de 2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 2
SECRETARÍA NRO. 3

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº 2, a cargo del Dr. Fernando Martín Pennacca, Secretaría Nº3 a cargo de la Dra. Mariana Grandi, sito en Marcelo T. de Alvear 1840 PB Anexo de esta Capital Federal, comunica por cinco días que en autos FMC CONSTRUCCIONESS.R.L. s/QUIEBRA Exp. 22620/2017, con fecha 26 de junio de 2019, se decretó la quiebra de FMC CONSTRUCCIONES SRL CUIT 30-70999736-6 en la que se designó síndico al contador Diego Jorge Ferro Ariet, con domicilio en Berna 2387 3 10 tel. 4522-4025, ante quien los acreedores deberán presentar las peticiones de verificación y los títulos justificativos de sus créditos hasta el día 25 de septiembre de 2019. El síndico presentará los informes previstos en los arts. 35 y 39 LCQ los días 8 de noviembre de 2019 y 20 de diciembre de 2019, respectivamente. Se intima al deudor para que cumplimente los siguientes recaudos: a Se intima a la fallida y a los terceros a que entreguen al síndico los bienes que tengan en su poder, al igual que los libros de comercio y demás documentación relacionada con su contabilidad, previniéndoles a los terceros la prohibición de hacer pagos al fallido bajo apercibimiento de considerarlos ineficaces, b Se intima a la fallida para que dentro de las 48 horas de notificada constituya domicilio en el lugar de tramitación bajo apercibimiento de tenerla por constituída en los estrados del Juzgado. El auto que ordena el presente dice:
Buenos Aires, 26 de junio de 2019 Publíquense edictos por cinco 5 días, a fin de hacer saber el decreto de quiebra por Secretaría en el Boletín Oficial Fdo. Dr. Fernando Martín Pennacca. Juez. Buenos Aires, 5 de julio de 2019. FERNANDO MARTIN PENNACCA Juez - MARIANA GRANDI SECRETARIA

e. 11/07/2019 N49116/19 v. 17/07/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 3
SECRETARÍA NRO. 6

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nro 3, a cargo del Dr. Jorge Sicoli, Secretaria Nro 6, a mi cargo, sito en Avda. Callao 635, piso 6º, Capital comunica por cinco días en autos DEMPROS.A. S/ QUIEBRA
EXPTE 126587/2001 , que por auto de fecha 26 de junio del 2019 se decretó la quiebra de DEMPROS.A., CUIT
30-69730827-6.- El Síndico designado es el Contador JUAN LEWIN, con domicilio procesal en la calle Uruguay 390, piso 20 A, Capital.- Se fijó hasta el dia 4 de septiembre del 2019 para que los acreedores presenten sus pedidos de verificación ante la sindicatura. El Sindico presentará los informes correspondientes a los arts 35 y 39
los días 17 de octubre del 2019 y 29 de noviembre del 2019 respectivamente.Buenos Aires, 01de julio del 2019.
JORGE SICOLI Juez - SANTIAGO CAPPAGLI SECRETARIO

e. 12/07/2019 N49596/19 v. 18/07/2019

JUZGADO NACIONAL ENLOCOMERCIAL NRO. 8
SECRETARÍA NRO. 15

El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Comercial Nº8, a cargo del Dr. Javier J. Cosentino, Secretaría Nº15, a cargo de la Dra. Ma. Teresa Berdeal, sito en Avda. Roque Sáenz Peña 1211, Piso 7º de Capital Federal, comunica por CINCO DIAS, en los autos SISTEMAS TECNOLOGICOS COMPACTOS Y DE GESTION S.A. S/
QUIEBRA Expte. 25018/2018, que el 19 de junio de 2019, se decretó la quiebra de SISTEMAS TECNOLOGICOS
COMPACTOS Y DE GESTIONS.A. CUIT: 30708161434. Que el síndico es el Cdor. JOSE FERNANDO PODHORZER, con domicilio en Pasaje del Cármen 716, piso 8, Dto. B, de CABA. Que los pedidos de verificación y títulos justificativos de los créditos, podrán ser presentados ante la sindicatura hasta el 30.08.19. Que los Informes arts.
35 y 39 de la ley concursal deberán ser presentados el 11.10.19 y el 26.11.19, respectivamente. Se intima al/la deudor/a y sus administradores para que cumplimenten los siguientes recaudos: a entregar al síndico los libros, papeles y bienes que tuviere en su poder, en el término de 24 horas; b se abstenga/n los administradores de salir del país sin autorización previa del Juzgado L.C.:103. Se prohíbe los pagos y/o entrega de bienes al/la fallida/o so pena de considerarlos ineficaces y se intima a quienes tengan bienes y/o documentos del/la fallida/o en su poder, para que los pongan a disposición del síndico en el término de cinco días. JAVIER J. COSENTINO Juez - MA.
TERESA BERDEAL SECRETARIA

e. 10/07/2019 N48840/19 v. 16/07/2019

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 15/07/2019 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date15/07/2019

Page count91

Edition count9386

Première édition02/01/1989

Dernière édition09/07/2024

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