Boletín Oficial de la República Argentina del 21/12/2018 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 34.021 - Segunda Sección
101

Viernes 21 de diciembre de 2018

Art. 94.- Quedan incorporadas a la presente Carta Orgánica, las disposiciones de la ley nacional n26.774, en lo que respecta a la condición de elector hábil de aquellos ciudadanos que posean la edad de 16 años cumplidos al día de la elección que corresponda.
Art. 95.- Los actos electorales para elección de candidatos a cargos públicos electivos a nivel municipal y provincial, Gobernador, Vice Gobernador, Legisladores Provinciales, Intendentes, concejales, etc. se regirán de acuerdo a las normativas establecidas en esta Carta Orgánica y a la ley provincial respectiva.
Art. 96- Quedan incorporadas a esta Carta Orgánica, las disposiciones de la ley nacional n 26.215 y sus modificaciones de aplicación obligatoria en todos sus artículos.
Art. 97-. La elección de convencionales nacionales se ajustara a lo establecido en la Carta Orgánica Nacional Partidaria, coincidiendo la duración de sus mandatos con el correspondiente al de las autoridades partidarias provinciales.
Art. 98- En caso de existir algún Impedimento para convocar o reunir a la Convención Provincial, facultase a la Junta Ejecutiva Provincial a fijar la estrategia electoral y designar los candidatos a las elecciones generales, previa opinión de los dirigentes partidarios reunidos en el Consejo Provincial.
DISPOSICIONES TRANSITORIAS
Art. 99.- En caso de que la Justicia Electoral dispusiere la caducidad o extinción de la personería política del Partido en virtud de las normas legales vigentes, el Partido continuará sus actividades de organizaci6n, proselitismo y difusión, conservando su patrimonio y reconociendo como autoridades legítimas las que estuvieren al frente en cada uno de los organismos de gobierno al momento de la decisión judicial, conforme en un todo a las disposiciones del Código Civil sobre las Personas Jurídicas o las que corresponda. Su Estatuto será la presente Carta Orgánica Provincial, vigente al momento del acto judicial mencionado.
Art. 100: La Junta Interventora, Normalizadora y Promotora, a los fines de la rehabilitación de la personería jurídica política de distrito del Partido Demócrata Cristiano Distrito La Rioja, queda facultada, por esta única vez, para modificar los plazos de convocatoria, presentación de listas y realización de elecciones internas para la elección de las autoridades partidarias conforme lo previsto en esta Carta Orgánica. Quedando autorizados los apoderados, en forma indistinta, para actuar como autoridad certificante para las fichas de afiliaciones a incorporarse.
Art. 101. Exímase, por esta única vez, del cumplimiento de los requisitos de antigedad en la afiliación exigidos por esta Carta Orgánica para ocupar cargos partidarios, en la primera elección de las autoridades partidarias luego de la rehabilitación de la personería jurídica política partidaria, DISPOSICIONES GENERALES
Art. 102. Balance. El cierre del ejercicio económico del partido Demócrata Cristianodistrito La Rioja, será el 31
de Diciembre de cada año.
En la ciudad de La Rioja, a los 27 de abril de 2018. Dr. Alberto Omar Bruno, Secretario Electoral .
DANIEL HERRERA PIEDRABUENA Juez - ALBERTO OMAR BRUNO SECRETARIO ELECTORAL NACIONAL
e. 21/12/2018 N98111/18 v. 21/12/2018

PARTIDO JUSTICIALISTA

El Juzgado Federal Nº1 con Competencia Electoral en el Distrito Corrientes, a cargo del Dr. CARLOS V. SOTO
DÁVILA, Secretaría Electoral Nacional a cargo del Dr. Carlos Alberto Rausch, en los autos caratulados PARTIDO
JUSTICIALISTA S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO, Expte. NºC.N.E 5028546/1987, hacer saber a la población, por este medio, que la Carta Orgánica reformada el 27 de octubre de 2018 del Partido Justicialista de este distrito se encuentra disponible para ser consultada, a través de la página de Internet del Poder Judicial de la Nación, en el sitio de la Secretaría Electoral del distrito Provincia de Corrientes, a través de www.pjn.gov.
ar - Justicia Nacional Electoral. Publíquese durante un día. Corrientes, 20 de diciembre de 2018
Fdo. Carlos Alberto Rausch Secretario Electoral de Corrientes

e. 21/12/2018 N98067/18 v. 21/12/2018

PARTIDO RENOVADOR FEDERAL

El Juzgado Federal de Primera Instancia Competencia Electoral, Distrito Corrientes, a cargo del Juez Federal, Dr.
Carlos Vicente Soto Davila, Secretaría Electoral a cargo del Dr. Carlos Alberto Rausch, en los autos caratulados:
PARTIDO RENOVADOR FEDERAL S/RECONOCIMIENTO DE PARTIDO DE DISTRITO, Expte. NºC.N.E
1759/14, por el término de un 1 día hace saber la Carta orgánica reformada del Partido RENOVADOR FEDERALDistrito Corrientes.-

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 21/12/2018 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date21/12/2018

Page count148

Edition count9415

Première édition02/01/1989

Dernière édition07/08/2024

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