Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2018 - Segunda Sección

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Source: Boletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

BOLETÍN OFICIAL Nº 33.942 - Segunda Sección
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Miércoles 29 de agosto de 2018

en que se encuentran, señalándose que, habiéndoselos exhibido adecuadamente, no se admitirán reclamos de ningún tipo respecto del estado, medidas, condiciones, características, usos, marcas, modelos, numeraciones y series. El comprador de los bienes deberá asumir, al margen del precio de venta, los gastos de traslado de los mismos, el que deberá concretarse en un plazo perentorio de diez días, bajo apercibimiento de incluir los bienes en sucesivas ventas, circunstancia que deberá constar en los edictos. En tanto compete al juzgador establecer las modalidades para que la venta se efectivice del modo más conveniente al trámite concursal cfr. art. 204 LCQ, se aprecia adecuado excluir la posibilidad de la compra en comisión y la cesión de los derechos emergentes del boleto de compraventa y el otorgamiento de poderes especiales irrevocables a favor de terceros para la posesión, escrituración, cesión, adquisición y/o venta del bien. Asimismo y para el caso que quien realice la última oferta lo haga en representación de un tercero deberá acreditar tal calidad con poder especial cfr. art. 1881 inc. 7 del Código Civil y exhibir el respectivo instrumento en ese mismo momento bajo apercibimiento de continuar con el acto de subasta y en su caso hacerlo responsable de los eventuales perjuicios que pudiera haber ocasionado su accionar. BUENOS AIRES, 27 de Agosto de 2018. PAULA MARIA HUALDE Juez - CLAUDIO MARJANOVIC
TELEBAK SECRETARIO

e. 28/08/2018 N62537/18 v. 29/08/2018

JUZGADO NACIONAL ENLOCIVIL NRO. 59
SECRETARÍA ÚNICA

EDICTO: El Juzgado Nacional de Primera Instancia en lo Civil N 59, a cargo de la Dra. Mariana G. Callegari, Secretaría Única, sito en Av. De los Inmigrantes 1950 piso 5 de esta Ciudad, comunica en autos: SOCIEDAD
MILITAR SEGURO DE VIDA INSTITUCIÓN MUTUALISTA C/ PASSERA MIRIAM ELIZABETH Y OTRO S/ EJECUCIÓN
HIPOTECARIA Expte. N 11.690/2.001 que la Martillera Viviana Andrea Curti rematará el 6 de septiembre de 2018 a las 11:45 horas en el Salón de la Dirección de Subastas Judiciales, sito en la calle Jean Jaures 545, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires, el inmueble ubicado en Capilla del Monte, Pedanía Dolores, Departamento de Punilla, designado como LOTE QUINCE, de la Manzana F, Provincia de Córdoba, Matrícula 1404012. Con una superficie: 390 mts2. Según constatación del Oficial de Justicia fs. 389/93 del 29/08/17 e informe de la Martillera fs. 394/7 el bien sito en calle Atilio Chiapori N 984, entre calle Jujuy y Malvinas Argentinas, Barrio San Martín, de la Ciudad de Capilla del Monte. Se trata de una construcción sólida, techo de loza con tejas y una galería vidriada en su frente, en zona urbana de la ciudad, a 1 cuadra de la Ruta 38. No se pudo ingresar por encontrarse desocupada. Consultando la Juez de Paz, los vecinos manifestaron que los propietarios van esporádicamente. DEUDAS: Empresa Municipal de Obras Sanitarias fs. 484, al 10/04/2018 no posee deuda, Municipalidad de Capilla del Monte fs. 499, al 31/07/2018 $475,50. Rentas: fs. 473 del 24/07/2018 $2.555,59.
BASE: $600.000. SEÑA 30% COMISIÓN 3%, Arancel 0,25% Ac. 10/99 CSJN. Para el supuesto de que no existan postores, transcurrida la media hora se sacará nuevamente a la venta sin base. Téngase presente lo dispuesto por la Excma. Cámara Nacional de Apelaciones en lo Civil con fecha 18 de febrero de 1999, en autos caratulados SERVICIOS EFICIENTESS.A. C/YABRA ROBERTO ISAAC S/EJECUCION HIPOTECARIA, No corresponde que el adquirente en subasta judicial afronte las deudas que registra el inmueble por impuestos, tasas y contribuciones devengadas ante de la toma de posesión, cuando el monto obtenido en la subasta no alcanza para solventarlas, y que en su caso no cabe solución análoga respecto de las expensas comunes para el caso de que el inmueble se halle sujeto al régimen de la Ley 13.512. La venta se realiza al contado y al mejor postor. Todo en dinero en efectivo en el acto de la subasta. El comprador deberá pagar en el acto de la subasta el arancel del 0,25% que fija la Acordada nº10/99 de la C.S.J.N, y deberá constituir domicilio en el lugar que corresponda al asiento del Juzgado. De conformidad con lo previsto por el art. 3936, modificado por el art. 75 de la ley 24.441, no procederá la compra en comisión como así tampoco la declaración de indisponibilidad de los fondos producidos en el remate.
Hágase saber al adquirente, que en caso de presentarse por apoderado en el acto de la subasta, el mismo deberá contar con las facultades especificas art. 1.881, inc. 7mo. del Código Civil y dentro de los cinco días de aprobado el remate, deberá depositar en autos el saldo de precio, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 580 del Código Procesal. DÍAS DE EXHIBICIÓN: 31 de Agosto de 15 a 17 hs y 1 de Septiembre de 10 a 12 hs. Publíquese por 2 días en el Boletín Oficial. Buenos Aires, de agosto de 2018.MARIANA G. CALLEGARI Juez - MARIANA G. CALLEGARI JUEZA

e. 28/08/2018 N61710/18 v. 29/08/2018

Acerca de esta edición

Boletín Oficial de la República Argentina del 29/08/2018 - Segunda Sección

TitreBoletín Oficial de la República Argentina - Segunda Sección

PaysArgentine

Date29/08/2018

Page count105

Edition count9394

Première édition02/01/1989

Dernière édition17/07/2024

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